20 mayo, 2024

Plan fiscal afectará empleados privados en el corto plazo, señalan expertos

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PwC Costa Rica

La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N° 9635, publicada el pasado 4 de diciembre en el Alcance número 202 del diario oficial La Gaceta número 225, modifica y regula aspectos importantes de las relaciones laborales del sector público, e introduce cambios que impactarían las del sector privado. Y, aunque se ha hablado ampliamente de los efectos para los empleados públicos, lo cierto es que quienes laboran en el sector privado también deben considerar cambios que se darán a partir del 01 de julio de 2019.

“Es importante que las empresas estudien y entiendan la nueva ley, pues muchos de los cambios impactarán directamente sus operaciones en el país y a sus empleados y se trata de que estos cambios se realicen de la forma más natural, sin perjudicar a las partes involucradas”, comentó Marco Durante Calvo, Socio Director de BDS Asesores.

El cambio del que más se ha hablado para el sector privado es la escala de tarifas del que comúnmente se conoce como “impuesto al salario”, donde el porcentaje de retención según el ingreso del trabajador varía a una escala más robusta que contempla retenciones del 10, 15, 20 y 25% para los distintos tractos salariales.

Es importante señalar que la ley tiene un leve desfase, debido a que los tramos del 10 y 15% se aplicaron tomando como referencia los vigentes para el período fiscal 2017-2018.

Sin embargo, desde octubre de 2018 se encontraban vigentes los tramos de renta para el nuevo año fiscal. Esta discrepancia se debería corregir en los próximos meses para evitar confusiones.Sin embargo, hay otras reformas como el impuesto al valor agregado (IVA) que también impactarán algunos aspectos de la forma en que operan las compañías y los beneficios que ofrecen a sus empleados, los cuales deberán ser revisados y ajustados acorde a las nuevas condiciones que establece la ley.

Por ejemplo, algunos beneficios como vivienda (alquiler), educación, gimnasio, etc., aumentarán su costo y, por tanto, representarán un gasto mayor para las empresas, es posible que algunas empresas tengan que revisar si pueden incluir este aumento del costo en su presupuesto o si deberán eliminar alguno de estos beneficios.

Otros gastos reembolsables a los empleados, como el costo de los tiquetes aéreos y las comidas, podrían aumentar y, por tanto, se hace necesario que las empresas ajusten sus tablas de viáticos para que los empleados reciban el reembolso acorde a los nuevos costos.

Las primas de seguros personales y pagos por servicios médicos y medicamentos, también se verán impactados por la reforma, ya que se incluyó un impuesto (IVA) del 2% a las primas de los seguros y a los medicamentos, y un 4% a los servicios de medicina privada, aumentando el costo total de estos. Algunas empresas incluyen estos seguros y servicios como parte de su paquete de beneficios, por lo que será necesario revisar este rubro, ya que el gasto por este concepto será mayor también.

El costo de los contratos de outsourcing, de servicios como limpieza, seguridad, mensajería, entre otros, también tendrá un aumento considerable gracias a este impuesto, lo que podría ocasionar que sean menos atractivas y competitivas para las empresas que hasta hoy, les era más rentable subcontratar estos servicios que incluir a estos empleados en su planilla, lo que podría afectar a las medianas y pequeñas empresas que brindan este tipo de servicios, ante una pérdida eventual de clientes.

Sector público:Para el sector público, tanto de la Administración Central como Descentralizada, cabe destacar como principales cambios:

  • Se definen nuevos límites a los porcentajes de pago de los pluses de dedicación exclusiva y prohibición legal e incorpora requisitos comunes para su reconocimiento. Asimismo, se regulan nuevos requisitos para el pago del incentivo de carrera profesional.
  • Modificación a la forma en que se calcula la anualidad.
  • Se incluyen nuevas regulaciones en materia de evaluación de desempeño y se dispone que el plus salarial de anualidad se reconocerá únicamente a los funcionarios que tengan una calificación de “muy bueno” o su equivalente numérico.
  • Se establecen límites al salario del Presidente de la República y a los salarios totales de todos los funcionarios públicos. Los límites son diferenciados para los funcionarios en régimen de competencia y miembros de Juntas Directivas.
  • Se regula que el auxilio de cesantía debe regirse por las normas del Código de Trabajo y establece un tope de cesantía de 8 años. La aplicación de esta norma debe revisarse con base en las convenciones colectivas y normas internas vigentes en las respectivas organizaciones públicas.

Estas modificaciones para el sector público tienen vigencia a partir de la publicación de la Ley, es decir desde el propio martes 04 de diciembre del 2018.

El experto Durante insistió en la necesidad de que las empresas conozcan a profundidad la ley para que se adecuen a las nuevas condiciones que establece. Y agregó, “sin duda, se deberán hacer cambios en diferentes ámbitos de la relación laboral como el esquema de compensación, los beneficios salariales y no salariales, la periodicidad de las evaluaciones de desempeño, entre otras, según aplique; prepararse con anticipación permite a las compañías tomar las mejores decisiones”, concluyó.

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