Exportaciones de bienes de Costa Rica alcanzaron los US$1.512 millones en enero 2026
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El próximo 15 de enero del 2026 es el plazo máximo para presentar y pagar, sin recargo, el monto correspondiente del Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de los Programas de Vivienda. Así lo anunció el Ministerio de Hacienda.
De acuerdo con la entidad, este Impuesto deben pagarlo aquellas personas que cuenten con propiedades de uso habitacional, ocasional o de recreo, cuyo valor de la construcción y de las instalaciones fijas y permanentes supere los ¢143 millones. Esto de acuerdo con el Decreto Ejecutivo Nº 45358 – H, publicado en el Alcance N° 164 a La Gaceta N° 239, del 19 de diciembre 2025.
El monto indicado anteriormente se actualiza con base en el Índice de Precios al Consumidor que calcula el Instituto Nacional de Estadística y Censo. La declaración se presenta cada tres años en la Oficina Virtual OVi de TRIBU-CR. El pago del Impuesto se efectúa anualmente en la misma Oficina Virtual.
Si la persona adquirió su casa en el 2025, y el valor se encuentra sujeto al pago del impuesto, debe presentar el formulario D-174 Declaración Jurada del Impuesto Solidario. Este que se encuentra en OVi.
Para calcular el impuesto se debe aplicar los siguientes tramos:

Para facilitar el pago de este impuesto, la Administración Tributaria pone a disposición los siguientes medios:
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