19 mayo, 2024

Acceso a la información pública es un derecho constitucional

Lectura:

Acceso a la información pública es un derecho constitucional

Por: Costa Rica Integra, sobre el acceso a la información pública.

La transparencia es un principio fundamental para el desarrollo pleno y equitativo en una sociedad democrática con un robusto Estado de Derecho. Además de vital para la lucha contra la corrupción.

Como derecho humano, el acceso a la información pública tiene garantizado el principio de no regresividad de los derechos humanos. Esto ya que le corresponde al Estado vigilar y tomar las medidas para asegurar en el tiempo, que este acceso sea fortalecido y expandido. Es por ello que no es de recibo ningún tipo de acto, declaración, intimidación, ni siquiera intento de que retroceda en estándares de apertura gubernamental.

Las personas costarricenses tienen reconocido el derecho de acceso a la información pública en los artículos constitucionales 11, 27 y 30. Esto en un marco jurídico que incluye el derecho de petición, libertad de información, participación ciudadana. Así como una abundante jurisprudencia de la Sala Constitucional. Las personas servidoras públicas, por su parte, tienen el deber de informar, de rendir cuentas, y hacerlo de manera oportuna y completa. Esto como parte integral de sus funciones.

Pese a la creciente cantidad de información que se hace de conocimiento de la ciudadanía, permanecen algunos silos de gran opacidad y muchas dificultades para lograr una efectiva apertura. Esto como quedó demostrado en sendas notas periodísticas, surgidas de la Corte Suprema y de la Casa Presidencial.

Retos para el acceso a la información pública

Costa Rica tiene muchos retos para implementar efectivamente el derecho humano de acceso a la información pública. Para empezar, es uno de los tres países latinoamericanos, que no cuenta con una Ley Nacional de Acceso a la Información. Esto pese a que se ha comprometido en convenios internacionales, y cuyo último intento fue vetado hace unas semanas. A falta de esta normativa general, una tarea urgente es fortalecer la implementación efectiva del Decreto Ejecutivo No. 43200 y la Directriz No.073, del 2017. En él se establecen unos mínimos estándares para el acceso a la información y la transparencia proactiva.

Se pierde congruencia entre los documentos aprobados de Estado Abierto, Justicia Abierta, Asamblea Abierta, entre otros, cuando la práctica y la cultura organizacional no han sido intervenidas para incrementar los niveles de apertura.

Hace falta capacitación al personal público y la ciudadanía, publicidad proactiva, mejoras administrativas y tecnológicas que pueden generar avances importantes en esta materia. Un reto pendiente es la apertura de datos, con inclusión de criterios de multilingüismo, diversidad y personas con discapacidades. En fin, es urgente dar muestras de un creciente cumplimiento del derecho de acceso a la información. Para ello, no solamente se requieren los mecanismos jurídicos. Sino también voluntad política y presencia discursiva desde el más alto nivel de jerarquía.

Hacemos un atento llamado a la ciudadanía para que se mantenga alerta y exigente de este derecho en sus interacciones con las instituciones públicas.

Más columnas de OPINIÓN aquí.

Dejar comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Suscríbase a nuestro boletín para mantenerse informado.