Si gana más de ¢840 mil deberá pagar Impuesto al Salario

Salario

El Ministerio de Hacienda actualizó los tramos del impuesto sobre la renta al salario, jubilación  o pensión para el periodo fiscal 2020, que regirá desde del 01 de octubre hasta el 31 de diciembre del presente año.

De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley de Impuesto sobre la Renta (No. 7092), todos los años, al inicio del período fiscal, Hacienda debe ajustar los tramos de renta que se aplicarán en ese nuevo periodo. 

En cumplimiento a la Ley 9635 (Fortalecimiento de las Finanzas Públicas) a partir del período fiscal 2020 se incorpora un nuevo tramo que incluye una tasa de impuesto del 25% para  los salarios, jubilaciones o pensiones que excedan los ¢4.325.000.

Esta actualización se hizo mediante el Decreto Ejecutivo 41948-H,  publicado hoy en el Diario Oficial  La Gaceta. Los tramos y la tasa de impuesto aplicable para cada uno de ellos son los siguientes:

Tramos de renta (salario bruto)   Tasa de impuesto aplicable  
  Rentas de hasta ¢840.000,00 (ochocientos cuarenta mil colones) mensuales   0%   (No están sujetas al impuesto)
Sobre el exceso de ¢840.000,00 (ochocientos cuarenta mil colones) mensuales y hasta ¢1.233.000,00 (un millón doscientos treinta y tres mil colones) mensuales 10%
Sobre el exceso de ¢1.233.000,00 (un millón doscientos treinta y tres mil colones) mensuales y hasta ¢2.163.000,00 (dos millones ciento sesenta y tres mil colones) mensuales 15%
Sobre el exceso de ¢2.163.000,00 (dos millones ciento sesenta y tres mil colones) mensuales, y hasta ¢4.325.000,00 (cuatro millones trescientos veinticinco mil colones) mensuales 20%
Sobre el exceso de ¢4.325.000,00 (cuatro millones trescientos veinticinco mil colones) mensuales 25%

Este mismo decreto actualiza los montos correspondientes a los créditos fiscales que pueden aplicar las personas físicas sobre cada hijo y sobre su cónyuge:

Crédito por: Monto mensual Monto anual
  Hijo   ¢1.570,00 .(mil quinientos setenta colones)     ¢18.840 (dieciocho mil ochocientos cuarenta colones).  
Cónyuge ¢2.360,00 (dos mil trecientos sesenta colones).   ¢28.320(veintiocho mil trescientos veinte colones).  

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