{"id":36459,"date":"2024-09-23T05:32:23","date_gmt":"2024-09-23T11:32:23","guid":{"rendered":"https:\/\/rumboeconomico.net\/?p=36459"},"modified":"2024-09-23T05:33:08","modified_gmt":"2024-09-23T11:33:08","slug":"patronos-pueden-solicitar-el-retorno-permanente-de-colaboradores-a-la-oficina","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/rumboeconomico.net\/negocios\/patronos-pueden-solicitar-el-retorno-permanente-de-colaboradores-a-la-oficina\/","title":{"rendered":"Patronos pueden solicitar el retorno permanente de colaboradores a la oficina"},"content":{"rendered":"\n
En Costa Rica, los empleadores que ofrecen la modalidad de teletrabajo tienen la facultad de solicitar a sus colaboradores el regreso permanente a la oficina. Esto, siempre y cuando, el contrato contemple la posibilidad de un esquema h\u00edbrido. O tambi\u00e9n que permita revocar esta modalidad en cualquier momento.<\/p>\n\n\n\n
As\u00ed lo se\u00f1alaron especialistas de la firma BDS. Estos explicaron que la Ley para regular el teletrabajo, vigente desde octubre de 2019, indica que los patronos deben informar a sus trabajadores con un m\u00ednimo de 10 d\u00edas naturales de anticipaci\u00f3n sobre cualquier cambio que implique el retorno a la modalidad presencial.<\/p>\n\n\n\n
\u201cEl teletrabajo en nuestro pa\u00eds tiene una base contractual. Es decir, surge como un acuerdo mutuo entre el empleador y el trabajador. Por lo tanto, cualquiera de las dos partes puede decidir finalizar este acuerdo. Esto, podr\u00eda traducirse en m\u00e1s d\u00edas de trabajo presencial en la oficina o en la eliminaci\u00f3n total del teletrabajo\u201c, explic\u00f3 Francisco Salas, socio de BDS Asesores<\/a>.<\/p>\n\n\n\n A\u00f1adi\u00f3 que, asimismo, los patronos que soliciten el regreso de solo algunos departamentos deber\u00e1n justificar su decisi\u00f3n con criterios t\u00e9cnicos y objetivos. En el caso de trabajadores que cuenten con recomendaciones m\u00e9dicas para continuar laborando desde su casa, ser\u00e1 necesario que presenten los certificados correspondientes ante una dolencia.<\/p>\n\n\n\n Por otra parte, los patronos que, desde el inicio, contrataron a sus trabajadores bajo la modalidad exclusiva de teletrabajo y lo especificaron en sus contratos laborales no podr\u00e1n exigir el retorno unilateral a la oficina.<\/p>\n\n\n\n \u201cExisten muchas empresas en el pa\u00eds que no disponen de espacios f\u00edsicos propios. Adem\u00e1s de que contratan a sus trabajadores bajo la modalidad de teletrabajo desde el principio. En estos casos, no es posible exigir el retorno presencial de manera unilateral\u201d, concluy\u00f3 Salas.<\/p>\n\n\n\nExcepci\u00f3n para el regreso a la oficina<\/strong><\/h2>\n\n\n\n