{"id":34483,"date":"2024-04-09T08:51:10","date_gmt":"2024-04-09T14:51:10","guid":{"rendered":"https:\/\/rumboeconomico.net\/?p=34483"},"modified":"2024-04-09T08:51:49","modified_gmt":"2024-04-09T14:51:49","slug":"estas-son-las-proximas-obligaciones-para-los-contribuyentes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/rumboeconomico.net\/finanzas\/estas-son-las-proximas-obligaciones-para-los-contribuyentes\/","title":{"rendered":"Estas son las pr\u00f3ximas obligaciones para los contribuyentes"},"content":{"rendered":"\n
El Colegio de Contadores P\u00fablicos de Costa Rica<\/a> record\u00f3 que, hasta el 30 de abril, los contribuyentes bajo el esquema de personas jur\u00eddicas inactivas est\u00e1n obligadas a presentar la Declaraci\u00f3n Informativa de Personas Jur\u00eddicas Inactivas (D-195). Ello correspondiente al periodo fiscal 2023.<\/p>\n\n\n\n Dunia Zamora, presidenta del Colegio, explic\u00f3 que la inscripci\u00f3n de las personas jur\u00eddicas inactivas en el RUT debe realizarse por la plataforma de Administraci\u00f3n Tributaria Virtual (ATV). Esta aplica para las personas jur\u00eddicas legalmente constituidas e inscritas en la Secci\u00f3n Mercantil o Secci\u00f3n de Personas del Registro Nacional. Ello con independencia de si realizan o no una actividad lucrativa en el pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n \u201cSuele ocurrir que las personas jur\u00eddicas inactivas no se percatan de ese deber de inscripci\u00f3n. La Administraci\u00f3n Tributaria las ha inscrito de oficio en el Registro \u00danico Tributario (RUT). Es un deber que suministren la informaci\u00f3n del domicilio fiscal, representante legal, correo electr\u00f3nico, y dem\u00e1s datos requeridos, as\u00ed como si han cambiado su condici\u00f3n de actividad. Es decir que pasen de ser una sociedad activa a inactiva o a la inversa. Las actualizaciones se deben comunicar dentro de los 10 d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la fecha de inscripci\u00f3n de su escritura de constituci\u00f3n. Adem\u00e1s de cambiar su direcci\u00f3n, representantes u otros datos, disponible en ATV\u201d, detall\u00f3 Zamora.<\/p>\n\n\n\n Zamora a\u00f1adi\u00f3 que de no cumplirse esta obligaci\u00f3n, existen sanciones para los contribuyentes:<\/p>\n\n\n\n El Colegio se\u00f1al\u00f3, adem\u00e1s, que la informaci\u00f3n del RTBF cambi\u00f3 de fecha por este \u00fanico a\u00f1o. Ahora debe ser presentada del 1 al 31 de julio en la plataforma transaccional del Banco Central de Costa Rica (BCCR) denominada Central Directo: https:\/\/www.centraldirecto.fi.cr<\/a>.\u00a0<\/p>\n\n\n\n El Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales es un sistema inform\u00e1tico desarrollado por el BCCR. Permite a las personas jur\u00eddicas y otras estructuras jur\u00eddicas revelar informaci\u00f3n verdadera y relevante de personas f\u00edsicas para un control eficaz en la lucha contra el fraude fiscal. As\u00ed como la legitimaci\u00f3n de capitales y el financiamiento del terrorismo; y mostrar la verdadera capacidad econ\u00f3mica de los obligados tributarios.<\/p>\n\n\n\nSanciones aplicables para los contribuyentes<\/strong><\/h2>\n\n\n\n
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Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF)<\/strong><\/h2>\n\n\n\n