{"id":28230,"date":"2023-02-14T07:20:08","date_gmt":"2023-02-14T13:20:08","guid":{"rendered":"https:\/\/rumboeconomico.net\/?p=28230"},"modified":"2023-02-14T07:21:10","modified_gmt":"2023-02-14T13:21:10","slug":"reglamento-de-condonacion-de-interes-y-multas-con-la-ccss","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/rumboeconomico.net\/opinion\/reglamento-de-condonacion-de-interes-y-multas-con-la-ccss\/","title":{"rendered":"Reglamento de condonaci\u00f3n de inter\u00e9s y multas con la CCSS"},"content":{"rendered":"\n
Por: <\/strong>Marlon Salazar<\/strong><\/a>, socio del Bufete Legalit\u00e9t Abogados.<\/strong><\/p>\n\n\n\n El pasado 2 de mayo se public\u00f3 en la Gaceta, la Ley N\u00b0 10232 denominada \u201cLey de Autorizaci\u00f3n y Condonaci\u00f3n para la Formalizaci\u00f3n y Recaudaci\u00f3n de las Cargas Sociales\u201d. Este autoriza a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) a condonar los intereses, multas y recargos que los trabajadores independientes y los patronos adeuden. Ello como consecuencia del no pago de las cuotas al Seguro de Enfermedad y Maternidad (SEM) y del R\u00e9gimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).<\/p>\n\n\n\n No obstante, la entrada en vigencia de esta ley qued\u00f3 sujeta a que la Caja procediera a realizar los ajustes en su sistema de informaci\u00f3n. Y, sobre todo, emitiera el reglamento respectivo. Para tales efectos, el legislador le concedi\u00f3 a la Administraci\u00f3n el plazo de 3 meses.<\/p>\n\n\n\n Finalmente, el 14 de diciembre de 2022, (5 meses despu\u00e9s de la fecha otorgada) la Junta Directiva de la CCSS publica en la Gaceta, el Reglamento N\u00b0 9298. Este viene a establecer los lineamientos necesarios para condonar las multas, recargos e intereses. En consecuencia, es a partir de este momento que, la Ley N\u00b0 10232 entra en vigor. Por tanto, se hace posible la solicitud de condonaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n De acuerdo con el reglamento, dicha condonaci\u00f3n aplica para trabajadores independientes y patronos (persona f\u00edsica o jur\u00eddica). As\u00ed sea que el cobro se encuentre en sede administrativa, en cobro judicial, o incluso si ya existe un convenio de pago.<\/p>\n\n\n\n El plazo para acogerse a la condonaci\u00f3n es de 12 meses a partir de la entrada en vigencia del reglamento. Es decir, habr\u00eda tiempo para presentar la solicitud, del 14 de diciembre de 2022 al 14 de diciembre de 2023.<\/p>\n\n\n\n Siendo que el perd\u00f3n de estos adeudos no opera de forma autom\u00e1tica, ni de oficio, es necesario que los trabajadores independientes y patronos interesados presenten la solicitud de condonaci\u00f3n ante la Instituci\u00f3n. Para tales fines, la CCSS ha puesto a disposici\u00f3n, en su p\u00e1gina web, el formulario que debe ser completado.<\/p>\n\n\n\nReglamento para el perd\u00f3n<\/strong><\/h2>\n\n\n\n