{"id":20188,"date":"2021-11-18T09:23:34","date_gmt":"2021-11-18T15:23:34","guid":{"rendered":"https:\/\/test.rumboeconomico.net\/?p=20188"},"modified":"2021-11-18T09:23:37","modified_gmt":"2021-11-18T15:23:37","slug":"preparese-para-el-cierre-fiscal-de-su-empresa-y-evite-sanciones-legales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/rumboeconomico.net\/opinion\/preparese-para-el-cierre-fiscal-de-su-empresa-y-evite-sanciones-legales\/","title":{"rendered":"Prep\u00e1rese para el cierre fiscal de su empresa y evite sanciones legales"},"content":{"rendered":"\n
Por:<\/strong> Rebeca Alvarado, especialista en Derecho Corporativo y Tributario de <\/strong>Nassar Abogados<\/strong><\/a>.<\/strong><\/p>\n\n\n\n Con la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas P\u00fablicas, el per\u00edodo fiscal en Costa Rica actualmente comprende, entre el 01 de enero al 31 de diciembre. Por lo que el per\u00edodo para presentar la declaraci\u00f3n y liquidar el impuesto vence el 15 de marzo de cada a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n Como recomendaci\u00f3n general, es importante que el contribuyente tenga al d\u00eda su contabilidad. Que cuente con los comprobantes necesarios para respaldar los gastos. Y que los mismos sean adem\u00e1s \u00fatiles y necesarios para la generaci\u00f3n de la renta. Adem\u00e1s el contribuyente debe estar atento a las fechas de presentaci\u00f3n y pago de la declaraci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n El impago de impuestos o la no presentaci\u00f3n de las declaraciones podr\u00edan acarrear onerosas sanciones para el contribuyente. Esto seg\u00fan lo establece el C\u00f3digo de Normas y Procedimientos Tributarios.<\/p>\n\n\n\n Se constituye delito de defraudaci\u00f3n fiscal, cuando por acci\u00f3n u omisi\u00f3n se evada el pago de tributos (incluyendo retenciones). Esto siempre que la cuant\u00eda de la cuota defraudada exceda de quinientos salarios base. La pena para este delito es prisi\u00f3n de cinco a diez a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\nEvite sanciones ante el cierre fiscal<\/strong><\/h2>\n\n\n\n