{"id":17620,"date":"2021-06-29T10:14:15","date_gmt":"2021-06-29T16:14:15","guid":{"rendered":"https:\/\/test.rumboeconomico.net\/?p=17620"},"modified":"2021-06-29T10:14:19","modified_gmt":"2021-06-29T16:14:19","slug":"tributacion-dara-baja-temporal-a-contribuyentes-que-no-han-presentado-declaraciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/rumboeconomico.net\/finanzas\/tributacion-dara-baja-temporal-a-contribuyentes-que-no-han-presentado-declaraciones\/","title":{"rendered":"Tributaci\u00f3n dar\u00e1 baja temporal a contribuyentes que no han presentado declaraciones"},"content":{"rendered":"\n
A partir del 01 de julio 2021, la Direcci\u00f3n General de Tributaci\u00f3n (DGT) modificar\u00e1 el estado tributario de los contribuyentes. Esto siempre y cuando en los \u00faltimos tres per\u00edodos fiscales o m\u00e1s, no hayan presentado las declaraciones de los impuestos en los que est\u00e9n inscritos. Entre ellos el de valor agregado (IVA) y Sobre la Renta.<\/p>\n\n\n\n
De conformidad con la resoluci\u00f3n DGT-R-29-2020 de Tributaci\u00f3n, el contribuyente que est\u00e1 en esa condici\u00f3n, pasar\u00e1 de \u201cinscrito\u201d a \u201cbaja temporal\u201d.<\/p>\n\n\n\n
De acuerdo al art\u00edculo 103 inciso a) del C\u00f3digo de Normas y Procedimientos Tributarios, la DGT est\u00e1 facultada para verificar el correcto cumplimiento de los contribuyentes por todos los medios y procedimientos legales. Por lo que a quienes se aplique la \u201cbaja temporal\u201d no se les validar\u00e1 los comprobantes electr\u00f3nicos emitidos. Tampoco podr\u00e1n realizar modificaciones en el Registro \u00danico Tributario, ni presentar declaraciones.<\/p>\n\n\n\n
Las personas que deseen saber el estado en que se encuentran pueden consultarlo en la p\u00e1gina web del Ministerio de Hacienda<\/a> (www.hacienda.go.cr<\/a>). Esto en la secci\u00f3n \u201cServicios m\u00e1s utilizados\u201d, \u00edcono \u201cSituaci\u00f3n Tributaria\u201d. Con solo anotar el n\u00famero de c\u00e9dula f\u00edsica o jur\u00eddica podr\u00e1n tener la informaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n Para modificar esta condici\u00f3n, deber\u00e1n solicitarlo a la Administraci\u00f3n Tributaria por medio de la plataforma para tr\u00e1mites virtuales (TRAVI). Esto ingresando su solicitud en la gesti\u00f3n \u201cSolicitar estudio por estado tributario de baja temporal\u201d.<\/p>\n\n\n\n \u201cHacemos un llamado a todos los contribuyentes para que constantemente revisen y actualicen su informaci\u00f3n y cumplan con sus deberes tributarios. Nuestra prioridad es lograr el mayor cumplimiento voluntario posible y evitarles inconvenientes\u201d, extern\u00f3 Juan Carlos G\u00f3mez, subdirector general de Tributaci\u00f3n.<\/p><\/blockquote>\n\n\n\n