{"id":14189,"date":"2020-12-17T10:49:10","date_gmt":"2020-12-17T16:49:10","guid":{"rendered":"https:\/\/test.rumboeconomico.net\/?p=14189"},"modified":"2020-12-17T10:49:14","modified_gmt":"2020-12-17T16:49:14","slug":"aumento-de-alquiler-de-casas-para-2021-no-podra-ser-superior-a-la-tasa-de-inflacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/rumboeconomico.net\/finanzas\/aumento-de-alquiler-de-casas-para-2021-no-podra-ser-superior-a-la-tasa-de-inflacion\/","title":{"rendered":"Aumento de alquiler de casas para 2021 no podr\u00e1 ser superior a la tasa de inflaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"\n

Es com\u00fan que con el cambio de a\u00f1o quienes rentan una casa o un apartamento vean la mensualidad subir un poco, porque cada a\u00f1o los caseros ajustan el precio de los alquileres. Sin embargo, seg\u00fan la Ley 7527, Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos<\/em>, este aumento no puede ser antojadizo. <\/p>\n\n\n\n

El abogado Benjam\u00edn Guti\u00e9rrez, de BG&A Abogados<\/a>, explica que para calcular este ajuste anual se debe tener en cuenta que por Ley los contratos de arrendamiento de unidades habitacionales son de m\u00ednimo tres a\u00f1os, por lo cual el aumento de la mensualidad luego del primer a\u00f1o de contrato debe ser igual o menor a la tasa de inflaci\u00f3n de los 12 meses anteriores al vencimiento del contrato.<\/p>\n\n\n\n

Es decir, el aumento anual de la mensualidad correspondiente al alquiler de casa de habitaci\u00f3n no puede ser mayor al \u00cdndice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Instituto Nacional de Estad\u00edstica y Censos (INEC) a mediados de diciembre de 2020 o principios de enero de 2021.<\/p>\n\n\n\n

Cumplido el plazo del contrato, la mensualidad se puede negociar entre el propietario de la casa y la persona que alquila.<\/p>\n\n\n\n

\u201cPor ejemplo, usemos el ajuste que rige para este 2020. De acuerdo al IPC, cualquier persona que est\u00e9 rentando una casa en esos primeros tres a\u00f1os de contrato tendr\u00e1 un aumento m\u00e1ximo de 1.52%, pues el IPC \u2013a diciembre de 2019 \u2013 corresponde a este porcentaje\u201d, dice el especialista.\u00a0<\/p><\/blockquote>\n\n\n\n

Adem\u00e1s, Guti\u00e9rrez se\u00f1ala que a quienes les cobran el alquiler en d\u00f3lares estadounidenses o cualquier otra moneda extranjera no les pueden subir la mensualidad en ning\u00fan caso, pues \u201cla Ley reconoce que la apreciaci\u00f3n de la moneda es suficiente\u201d.  <\/p>\n\n\n\n

\u00bfQu\u00e9 hacer en caso de que suban mi alquilar m\u00e1s all\u00e1 de lo que estipula la Ley?<\/strong> <\/h2>\n\n\n\n

Tenga en cuenta que cualquier aumento de la mensualidad mayor a lo permitido por Ley es ilegal; en caso de que su casero as\u00ed lo haga, usted tiene dos opciones para impedir el abuso:<\/p>\n\n\n\n

  1. Avisar por escrito al casero<\/strong>: Continuando con el ejemplo del ajuste del 2020, a trav\u00e9s de un medio escrito, sea una carta o un correo electr\u00f3nico, usted le puede informar a su casero que le ha depositado la mensualidad acordada en el contrato m\u00e1s el ajuste del IPC autorizado por el INEC (1.52% en este momento). <\/li><\/ol>\n\n\n\n
    1. Acudir al juzgado civil<\/strong>: Seg\u00fan su lugar de residencia, usted puede acudir al juzgado civil m\u00e1s cercano y gestionar una consignaci\u00f3n de alquiler<\/em>. Esta opci\u00f3n es recomendable cuando su casero no le acepta el pago de la mensualidad de acuerdo a lo estipulado por Ley, debido a que \u201cpuede que el arrendador le diga que no acepta el pago a menos de que incluya un ajuste mayor y si el inquilino no paga porque el casero no acept\u00f3 el dinero, el inquilino estar\u00eda incurriendo en un incumplimiento de contrato que eventualmente le puede significar un desalojo\u201d, explica el abogado. Al acudir al juzgado civil, usted est\u00e1 asegurando su cumplimiento con el pago de acuerdo con lo que se\u00f1ala el ordenamiento jur\u00eddico.<\/li><\/ol>\n\n\n\n

      Los contratos verbales tienen la misma validez<\/strong><\/h2>\n\n\n\n

      Aunque en las zonas urbanas es com\u00fan que los contratos de alquiler sean por escrito, en las zonas m\u00e1s rurales lo usual es que sean \u201cun acuerdo entre vecinos\u201d.<\/p>\n\n\n\n

      El especialista de BG&A<\/a> comenta que estos contratos verbales tienen la misma validez que un acuerdo escrito, por lo tanto, para efectos del aumento de la mensualidad, deben respetar todas las condiciones que regula la Ley, tales como el tiempo m\u00ednimo de arrendamiento de tres a\u00f1os.\u00a0<\/p>\n\n\n\n

      \u201cLo recomendable es que haya un contrato escrito, pero en caso de que no haya, lo que se debe probar es la fecha de inicio del acuerdo de alquiler y la manera m\u00e1s sencilla de probar esto es guardando los recibos del pago de mensualidad\u201d, dice Benjam\u00edn Guti\u00e9rrez.\u00a0<\/p><\/blockquote>\n\n\n\n

      Por \u00faltimo, recuerde que el aumento de la mensualidad del alquiler es potestativo. Esto quiere decir que si las partes acordaron no subir la mensualidad anual entonces no habr\u00e1 aumento. Pero si acordaron subir la mensualidad, el aumento no puede ser mayor al IPC sin importar lo que hayan firmado el arrendador y el inquilino. <\/p>\n\n\n\n

      Y, si en su contrato de arrendamiento no se indic\u00f3 que todos los a\u00f1os se ajustar\u00eda el monto del alquiler, de acuerdo a lo permitido por Ley, entonces se entiende que al precio acordado en ese contrato no subir\u00e1 hasta que el contrato caduque despu\u00e9s del plazo convenido, que no puede ser menor a tres a\u00f1os, cuando tendr\u00e1n la oportunidad de renegociar el monto de un eventual nuevo contrato.<\/p>\n\n\n\n

      M\u00e1s informaci\u00f3n y noticias de FINANZAS aqu\u00ed.<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

      Es com\u00fan que con el cambio de a\u00f1o quienes rentan una casa o un apartamento vean la mensualidad subir un poco, porque cada a\u00f1o los caseros ajustan el precio de los alquileres. Sin embargo, seg\u00fan la Ley 7527, Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos, este aumento no puede ser antojadizo.  El abogado Benjam\u00edn Guti\u00e9rrez, de BG&A […]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":14190,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[216],"tags":[5506],"class_list":["post-14189","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-finanzas","tag-bga-abogados"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/rumboeconomico.net\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14189","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/rumboeconomico.net\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/rumboeconomico.net\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/rumboeconomico.net\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/rumboeconomico.net\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=14189"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/rumboeconomico.net\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14189\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/rumboeconomico.net\/wp-json\/wp\/v2\/media\/14190"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/rumboeconomico.net\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=14189"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/rumboeconomico.net\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=14189"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/rumboeconomico.net\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=14189"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}