Exportaciones de bienes de Costa Rica alcanzaron los US$1.512 millones en enero 2026
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Las micro y pequeñas empresas (mipymes) que aún no se cuentan con su Registro Pyme, tienen tiempo hasta el 4 de diciembre del 2025 para realizar su inscripción. Con ello, podrán optar por la exornación del Impuesto a la Sociedad.
Por su parte, las empresas que sí cuentan con el Registro Pyme, pero este vence antes del 31 de diciembre de este año, también tienen hasta el 4 de diciembre para renovarlo. Así también podrán aprovechar la exoneración.
Las empresas pueden verificar el estado de su Condición Pyme en: https://www.meic.go.cr/tramites-y-servicios/pymes-activas/.
El trámite puede realizarse en línea mediante el Sistema de Información Empresarial Costarricense (SIEC), disponible en www.siec.go.cr. Allí debe completarse el formulario digital correspondiente, el cual tiene valor de declaración jurada.
Para dicho trámite, se deben cumplir dos de los tres siguientes requisitos:
También puede realizarse el trámite de forma presencial en las oficinas centrales del MEIC, ubicadas en Llorente de Tibás, Oficentro ASEBANACIO, de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Las empresas que ya cuentan con su registro pyme vigente no deben realizar ningún trámite adicional: la exoneración se aplicará automáticamente.
Para consultas, puede escribir al correo siec@meic.go.cr.
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