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Por: Dayanna Zúñiga
Coordinadora del Departamento de Compliance de Nassar Abogados.
La forma correcta para prevenir y controlar que se produzcan los delitos de corrupción es mediante un programa de Compliance Penal. Estos son mecanismos que se implementan a diversas áreas de las organizaciones. Tienen como objetivo evitar que se materialicen los riesgos de corrupción y parámetros de tipo ético.
La incorporación de estos mecanismos les permite a las empresas prevenir y controlar que no se están llevando a cabo a lo interno y externo de su organización conductas ilícitas en el ejercicio de su actividad. Así como comprobar que son organizaciones alineadas a la integridad corporativa con un alto respeto hacia la legalidad. Además, que rechazan hacer negocios, alianzas o involucrarse con terceros que no compartan esta forma de hacer negocios.
Para construir y liderar un marco de cumplimiento y transparencia en las empresas se necesita una buena estructura en la gobernanza de la organización. Allí debe existir igualdad, transparencia e independencia al momento de regular a la alta dirección.
Como parte de los procesos de implementación de un programa de Compliance dentro de una empresa en primer lugar se debe crear un equipo. Este debe encargarse de realizar un análisis de riesgos, definir protocolos, elaboración de un Código Ético. Así como de la implantación de canal de denuncias interno, auditoria y seguimiento, entre otros aspectos.
El programa de compliance es como un seguro para las organizaciones. Brinda protección y disminución en la materialización de riesgos por incumplimientos normativos y regulatorios. Además, brinda credibilidad y confianza a terceros interesados, y evita pérdidas financieras y daños a la reputación.
Desde el 2017, en el país se da la adhesión a la convención anticohecho. Con ello se asume el compromiso de legislar para mejorar las herramientas y tener una gobernanza más sólida. En el 2019 se establece la Ley 9699 que introduce la responsabilidad penal de personas jurídicas por delitos de corrupción con base en diversos supuestos que dan pie a sanciones como multa, inhabilitación, cancelación de permisos, entre otros.
Esta ley es aplicable para toda persona jurídica nacional y extranjera con actividades en Costa Rica. Además de empresas del sector público, empresas privadas, públicas estatales, no estatales, asociaciones, fundaciones e instituciones autónomas vinculadas con relaciones comerciales internacionales.
En su artículo dos obliga a la prevención y control de que se comentan los delitos de corrupción. Esto tanto a nivel externo como interno de la organización.
Las empresas deben ir más allá de tener el Compliance en el papel. Se debe implementar la integridad corporativa, tener una alta dirección comprometida. Los estatutos de las empresas o el plan estratégico las altas gerencias deben ser claras en su mensaje de tolerancia cero a la corrupción. Así como de cumplimiento y prevención de estos hechos. También de los recursos humanos y financieros para lograr este cumplimiento.
Actualmente existen 20 requisitos aproximadamente que indica el modelo de Compliance.
Las organizaciones deben analizar cada requisito, diagnosticar e identificar las actividades de la persona jurídica. Así como medir el nivel de riesgo de comisión de los delitos de corrupción. Todo esto para conocer el grado de cumplimiento de Compliance y los ajustes que se deben realizar.
Dichos requisitos tienen que tomar algunos criterios del país, como el sector en que se desarrolla la empresa. También incluye asociados o socios de negocios, actividad comercial y el grado de interacción con el sector público. Si son empresas con casas matrices fuera del país, se debe verificar que se ajuste a la jurisdicción local.
Asimismo, se está trabajando para que estos programas de las instituciones puedan ser registrados ante el Ministerio de Justicia y Paz. Para ello se debe cumplir a cabalidad con la ley y su reglamento.
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