Falsos “Influencers” y educación financiera; Responsabilidad subjetiva y objetiva

Por: Dr. Juan Diego Sánchez Sánchez, Ph.D Asesor y analista financiero, abogado, profesor e investigador

Por: Dr. Juan Diego Sánchez Sánchez, Ph.D
Asesor y analista financiero, abogado, profesor e investigador

La proliferación de los denominados “influencers” financieros y económicos es una realidad, donde es usual observar estas figuras brindando consejos y hasta asesoría en materia de educación ligada a la gestión dineraria, inversiones, e inclusive, abarcando temas ligados al comportamiento de variables económicas del país. Precisando dicha conducta desde una óptica enteramente subjetiva y sin contar con una base técnica, académica o de formación que les faculte para emitir dichas afirmaciones.

Es usual observar este tipo de personas haciéndose pasar por profesionales en una determinada área sobre la cual no cuentan con la formación, planteando opiniones y criterios mal llamados técnicos desde su observancia de la realidad, pero no sustentados en un análisis de fondo y contenido. Este comportamiento puede derivar en una inducción al error, pues no es extraño encontrar argumentos ligados a figuras de inversión, especulación económica, y hasta consejos ligados al manejo de dinero, sin ningún sustento de fondo, y más bien contrarios a la ciencia y la técnica.

A este punto debe recordarse que para un individuo que se haga pasar por un profesional titulado en un área que no es de su formación, o bien, que no contradiga abiertamente a quien lo haga, y obtenga un determinado beneficio pecuniario o de otro tipo, puede incurrir en un ejercicio ilegal de la profesión, pues en esencia, está incidiendo en falsedad de actuación al conducirse falazmente, y simular tener un acervo de conocimientos, que evidentemente no los tiene.

Aunque cabe señalar, hay “influencers” financieros y económicos que juegan muy bien su papel, y son de difícil descubrimiento, existen ciertos elementos que permiten ubicar con mayor facilidad a estos farsantes y manipuladores de la opinión general, y que a su vez, los diferencia de aquellos profesionales que realmente desean aportar. Entre estos puntos pueden detallarse, la no publicación de contenido científico, es decir, una persona mediática y no técnica, nunca realiza investigación y no cuenta con artículos científicos en revistas indexadas, ni mucho menos libros con editorial, adicionalmente, este tipo de individuos no gestionan investigación seria para universidades u organismos de índole económica, señalando así que sus líneas de divulgación responden únicamente a opiniones sociales dadas en una determinada red o plataforma.

Es quizás el punto anterior, donde debe tenerse más cuidado, pues al observar a un “influencer” de este tipo, su contenido no va más allá de comentarios en redes sociales, o vídeos cortos con una posición sobre un tema, pero adolecen de contenido técnico, pruebas de validación, criterios estadísticos, y mucho menos derivan de investigaciones o artículos científicos previamente revisados por comités internacionales y debidamente publicables. Ahora bien, es lamentablemente, y a pesar de estos puntos, que algunos medios de comunicación masiva les brinden espacio, pues en esencia, están contribuyendo a difundir ideas que inducen al error a la sociedad y legitiman a personas que basan su gestión informativa en puntos mediáticos, pero no técnicos.

Indiferentemente de la plataforma que este tipo de personaje utilice, el medio, o la forma de divulgación, no debe dejarse del lado el concepto de la responsabilidad, donde denotan dos aristas de interés, primeramente, la subjetiva y que recae sobre el sujeto propiamente y sobre su accionar, así como la objetiva, que detalla la culpa que pudiese tenerse sobre el acto cometido y las repercusiones que pudiesen darse. En estos casos debe indicarse que los consejos sin contenido técnico y sin una base sólida académica y profesional, pueden repercutir en daños y perjuicios para la persona que los sigue y acata, y sin duda, al estar ante un ejercicio ilegal de la profesión, podría incluso derivar en un tipo penal posterior.

Puede señalarse que la opinión y la libre expresión es un derecho fundamental, pero esto no puede estar por encima del engaño, y no debe legitimarse la función de personas que sin criterio y argumentos emiten consejos o asesorías financieras y económicas que repercuten en situaciones perjudiciales para la sociedad, tema que es aplicable a cualquier profesión, pues no es tampoco ajeno a la discusión observar “influencers” en salud que no son profesionales en dicha ciencia. Sin duda, es menester individual la decisión sobre a quien se sigue en redes sociales, y es responsabilidad individual indagar sobre el trabajo de fondo y sustento de las opiniones emitidas por esto seudo profesionales en medios.

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