Conozca sus derechos para los últimos feriados del año

Manfred Braddock, asistente legal en Tactic Estudio Legal

Por: Manfred Braddock, asistente legal en Tactic Estudio Legal.

Cuando se trata el tema de los días feriados, que en este mes de agosto tenemos 3 de tratamiento diferenciado, existen consultas habituales. Esto sobre las reglas que se deben aplicar. Estas van a depender de factores como el día que corresponda su disfrute. Si se trabaja o no y la forma de pago del salario. Aunado a ello, nuestra legislación establece dos categorías para los días feriados. Una de pago obligatorio y de pago no obligatorio.

Como punto de partida, se debe tener en cuenta que el artículo 149 del Código de Trabajo, ordena que todos los feriados deben ser disfrutados por los trabajadores. Sin embargo, la misma legislación establece las excepciones a dicho precepto, para lo cual deben seguirse reglas y excepciones.

Feriados de Pago Obligatorio

Para el caso de los trabajadores a quienes se les paga salario de forma mensual o quincenal, de manera ordinaria se les incluye, en el pago de su salario, todos los días feriados no laborados. Así como los días de descanso. Debido a ello, en caso de que el feriado particular no sea laborado, se les deberá pagar el día sencillo, como es de costumbre. En caso de que el feriado sea laborado, se les deberá pagar un salario adicional por ese día. Este corresponde a un pago doble y en caso de laborar horas extras, se deberán pagar tiempo y medio adicional. Es decir, pago triple.

Por otro lado, se encuentran los casos de trabajadores que reciben el salario de manera semanal, por día o por horas. Es decir, por tiempo efectivamente laborado. Aquí la regla a aplicar es si el empleado no labora los feriados, se le pagará el día sencillo. Por el contrario, si el patrono requiere que se labore ese día feriado, deberá pagarlo al doble.

Como ejemplos de feriados de pago obligatorio pendientes de disfrute durante el presente año, se encuentran el Día de la Madre. Por celebrarse lunes 15 de agosto. Además, el Día de la Independencia, que corresponde al 15 de setiembre. Este se traslada al lunes 19 de setiembre. Por último, el Día de Navidad, siendo el 25 de diciembre.

Feriados de Pago No Obligatorio

Para el caso de actividad comercial, las reglas no cambian. Esto porque, como se dijo anteriormente, dentro del pago del salario habitualmente ya se encuentra contemplado el pago de los días de descanso y los feriados. De igual forma, como fue indicado, en caso de laborar este día, se deberá pagar doble. Y las horas extras se pagarán al triple de salario ordinario.

Para los trabajadores de actividad no comercial se aplican algunas variantes en cuanto a los feriados de pago no obligatorio, ya que, dentro de su salario, no se contempla el pago del día de descanso. Es decir, si el trabajador no labora, no se le deberá pagar remuneración por ese día. Pero en caso de que sí trabaje, deberá recibir salario sencillo. Para los casos en donde el feriado coincide con el día de descanso, bajo esta modalidad no se deberá de pagar salario.

Dentro de los feriados de pago no obligatorio restantes de este año, contamos con el Día de la Persona Negra y la Cultura Afrodescendiente. Este corresponde el 31 de agosto, pero se traslada al domingo 4 de setiembre. Además del Día de la Abolición del Ejército. Este corresponde al 1 de diciembre y se traslada al lunes 5 de diciembre.

Manténganse informados de la normativa

Como ven, el pago de días feriados en Costa Rica depende de la forma en que el trabajador reciba su salario. También, del día en que le toque descanso y de la actividad de la empresa. Todo ello está normado por el Código de Trabajo y por la modalidad de pago. Es importante que todas las personas trabajadoras conozcan bien sus derechos y se mantengan informadas.

Recuerde que la ley en nuestro país contempla que todos los trabajadores tienen derecho a disfrutar de un descanso en los días feriados. Está prohibido por ley que el empleador obligue a laborar en días festivos, sean de pago obligatorio o no. Si el trabajador decide laborar en un día feriado para obtener un ingreso extra, debe ser por tu propia voluntad.

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