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Por: Bianka Vargas, economista y especialista en Precios de Transferencia de Baker Tilly Costa Rica.
En los últimos años, diversos factores globales han impulsado la aparición de facilidades y cambios en los negocios internacionales. Los cuales, a su vez, han provocado que la estructuración de este tipo de empresas sea cada vez más compleja en un aspecto primordial para el negocio. Es decir, la forma de atribuir la renta.
Uno de los cambios derivados por la globalización dentro de los entornos empresariales es el surgimiento de nuevos roles de gerencia. Por ejemplo, el CDO (Chief Digital Officer), CSO (Chief Sustainability Officer), y otros. Con estos nuevos cargos, también se ha creado una nueva era de los CEO, la cual incluye enfoques de sostenibilidad y transformación digital. Paralelamente, esto deriva en funciones de mayor valor agregado, volviendo cada vez más y más complejo lograr segmentar los alcances y determinar los márgenes de ganancia asociados a dichas funciones, las cuales se vuelven rutinarias. Todo esto, sin dejar de lado la evolución tecnológica y los nuevos desafíos que involucra.
Ante esto, las empresas multinacionales y las autoridades fiscales se han encontrado en la necesidad de ubicar un punto de interés. Este radica en los precios de transferencia.
Precisamente, los precios de transferencia responden a la necesidad de analizar el precio o margen al cual se determinan las transacciones que se realizan entre empresas que mantienen una vinculación económica y/o de propiedad. Es decir, operaciones que surjan entre entidades vinculadas y que tengan incidencia en el impuesto sobre la renta.
En la actualidad, nos enfrentamos a un crecimiento que trae mayor facilidad para realizar transacciones en línea. Es decir, un e-commerce mayormente expandido. Este involucra, en algunos casos, que las empresas operen en múltiples jurisdicciones, por lo que es muy importante poder determinar cómo asignar los beneficios y los impuestos generados en cada una de ellas. Para responder a esta pregunta, sin duda es necesario aprender las nuevas herramientas o enfoques que permiten analizar cada situación.
La preocupación de los países y entidades internacionales, como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), ha obligado a abordar los desafíos fiscales relacionados con la digitalización de la economía y la globalización de las empresas. Debido a ello, ya hoy hablamos de una era de un BEPS 2.0. Esto, sin entrar en un análisis profundo, es un impuesto mínimo global, reglas de ganancias residuales, y mecanismos de eliminación de doble imposición, entre otros. No obstante, se trabaja de forma simultánea en mayor transparencia de la información por medio de reportes como el Reporte País por País (o por sus siglas en inglés, CbC). También activación del deber de presentar declaraciones informativas de precios de transferencia. Así como el cumplimiento de la elaboración de los reportes locales; estos comúnmente son el informe de precios de transferencia y el reporte maestro.
Aunado a lo anterior, también se espera un contenido actualizado de las Directrices de Precios de Transferencia de la OCDE para enero de 2024. Si se compara con el documento actual, del cual se tuvo una versión en enero del 2022, se evidencia la necesidad de incluir los avances en reformas fiscales. El documento en mención es un conjunto de lineamientos y recomendaciones que permiten orientar para guiar la práctica de precios de transferencia de la mano con la legislación local.
La constante evolución tecnológica y la necesidad de adaptarse a las reformas fiscales, exige a las compañías y a las autoridades fiscales mantenerse actualizadas en sus enfoques y en la gestión de seguimiento de los precios de transferencia. Además de cómo estos han venido transmutando a raíz de todos estos cambios.
No podemos predecir los precios de transferencia del mañana, pero sí es posible adaptarse a los cambios en tiempo real. También es posible comprenderlos como las nuevas formas de hacer negocios, de reinventarse. Todo esto de la mano con las nuevas aplicaciones de fiscalidad internacional.
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