Últimas Noticias:
El país se encuentra ya en una fase de apertura en diferentes sectores de la economía y es por eso que los casos de contagio han ido en aumento, por lo que es importante que todo trabajador sepa cómo actuar de manera correcta para cumplir con lo establecido en el Código de Trabajo.
Tanto el patrono como el trabajador se encuentran en la responsabilidad de cumplir los lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud, entre los cuales se ha prohibido a los trabajadores asistir a los centros de trabajo si tienen algún síntoma de gripe y de la misma forma se exige a los patronos que hayan reactivado sus actividades contar con un protocolo de actuación ante casos sospechosos o confirmados de Covid-19.
Además, si un trabajador es diagnosticado como caso positivo, ya sea por contagio dentro o fuera del centro de trabajo, debe comunicarlo de forma inmediata al patrono o persona encargada de Recursos Humanos.
“El trabajador puede documentar su estado de salud mostrando a la empresa la orden sanitaria dada por el Ministerio de Salud, de igual forma este documento es necesario para tramitar y cobrar la incapacidad, por lo que si el contagio ocurrió en el centro de trabajo el patrono puede solicitarle al trabajador la orden sanitaria con el fin de tramitar esta incapacidad ante el Instituto Nacional de Seguros. En el caso de que el trabajador se contagie fuera del centro de trabajo, él será el encargado de tramitar la incapacidad ante la Caja Costarricense de Seguro Social y presentarla al patrono”, explicó Erika Barrantes, directora laboral de la firma Sfera.
La empresa debe seguir el protocolo establecido por el Ministerio de Salud e informar a esta institución sobre el caso positivo en el centro de trabajo y en caso de que el trabajador haya estado en las instalaciones se debe proceder a enviar al personal restante a sus casas para realizar la desinfección del centro.
También, el patrono debe tomar en cuenta que toda persona trabajadora que mantuviera contacto directo con el caso confirmado, aunque no presente síntomas, le será girada una orden de aislamiento sanitario domiciliar a cargo del Ministerio de Salud, por un espacio de 14 días, dentro del cual la persona trabajadora puede optar por incapacitarse por la Caja Costarricense de Seguro Social o si es posible también puede realizar teletrabajo.
“El Código de Trabajo prohíbe cualquier tipo de discriminación hacia los trabajadores, por lo que si el patrono despide al trabajador por ser un caso positivo, estaría discriminándolo por su situación de salud, lo cual faculta al trabajador para interponer una demanda ante los juzgados de trabajo y hacer valer sus derechos, tanto a cobrar los salarios caídos como solicitar la restitución en el puesto de trabajo”, agregó Barrantes.
Nuestras Redes Sociales: