¿Sabe cómo aplicar la Educación Dual en su empresa?

Cac Porter Novelli

La educación dual es una herramienta de provecho tanto para futuros profesionales como para  las empresas, lo anterior porque permitirá a los estudiantes obtener habilidades y capacidades necesarias para integrarse al mercado laboral y poner en práctica los conocimientos adquiridos paralelamente en el centro educativo.

En el caso de las empresas, les permitirá capacitar a estudiantes en materia técnica, o en ciertas funciones en las cuales haya escasez de mano de obra,  para así contar con recurso humano calificado.

Es por esa razón que Rolando Perlaza, especialista en Derecho Laboral de Nassar Abogados, asegura que la compañías que desean dar ese paso deben prepararse para poner en práctica la herramienta.

“La educación dual permite preparar a la fuerza laboral para su futuro profesional. Es ideal también en zonas con poco desarrollo comercial-empresarial, pues se puede capacitar a jóvenes que posteriormente se puedan vincular a la empresa, generando una proyección y reactivación económica en dicha región y generando mano de obra calificada para diferentes actividades, lo que atraería mayor inversión y evita que las empresas se vean obligadas a contratar personal de otros sectores del país o desplazar sus operaciones a otras regiones o incluso fuera del territorio nacional”, explicó Perlaza.

¿Cómo aplicarlo en las compañías?

Las empresas que desean abrir sus puertas a los estudiantes deben desarrollar una política sobre la implementación de procesos de educación dual, donde se establezca claramente la diferencia entre educación dual y las relaciones laborales con los empleados, así como otras figuras como las pasantías.

“Es de vital importancia suscribir un convenio de colaboración con una institución educativa formal y reconocida. Actualmente, ante la ausencia de regulación, lo recomendable es que se suscriba un contrato entre la empresa y el estudiante, donde queden claro las condiciones bajo las cuales se regirá el proceso de educación dual, fundamentado claro está en un convenio marco suscrito entre Empresa-Centro Educativo”, dijo Perlaza.

El especialista de Nassar Abogados, hace énfasis en que es importante aclarar que el último texto del proyecto de ley que se está discutiendo en la Asamblea Legislativa, establece que estos modelos de educación dual no son relaciones laborales, lo que exige y establece es un “convenio de matrícula” suscrito entre Universidad y estudiante, donde el estudiante solicita y se compromete a participar de este modelo de aprendizaje, además de un convenio para la Educación y Formación Técnica Profesional dual (EFTP) que se suscribe entre Centro Educativo y la Empresa. Los estudiantes deben tener al menos 15 años y recibirán asistencia económica por medio de un fondo de Becas administrado por el INA.

Perlaza recomienda solicitar asesoría legal para evitar confusiones entre la EFTP Dual con un contrato de trabajo, así como otras figuras como la pasantía o el contrato de Aprendizaje del INA.

¿Cómo debe ser el contrato ante la ausencia de legislación?

Perlaza explicó que debe referir a un convenio de educación dual previo e indicar la autorización del ente educativo para la realización de la práctica.

Los puntos importantes a mencionar son en qué consistirá la práctica como: el área, tipo de actividades, compromisos del estudiante-pasante (dependiendo de la modalidad adoptada), referencia a seguros, formas de conclusión normal y anormal del contrato.

También se debe establecer el plazo del contrato (usualmente ligado al periodo de formación o del curso respectivo como trimestre, cuatrimestre, etc), periodos en los cuales el pasante cumplirá los objetivos académicos y cantidad de horas totales, y acuerdos de confidencialidad y en su caso de propiedad intelectual.

Además, se debe dejar claro en el mismo contrato, si existirá alguna asistencia económica (subsidio) para el estudiante/pasante y quién la cubre, exclusión del régimen y relación laboral, lugar de la práctica y en su caso tutor o encargado del centro educativo del seguimiento de las labores del estudiante y el encargado de la empresa de guiar y colaborar en la práctica del estudiante (mentor).

Beneficios

El experto mencionó que esta modalidad asegura un proceso formativo para posibles empleados que ya cuenten con la experiencia práctica necesaria. 

“La educación dual permite el desarrollo en conjunto con los centros educativos de una malla curricular actualizada, que se adapte y ajuste a las necesidades del mercado laboral y a los retos actuales en determinados campos profesionales o técnicos. El programa puede incorporarse y conjuntarse con programas de responsabilidad social empresarial (RSE) que desarrolle la empresa en el territorio donde se ejecuten los planes de educación dual. De igual manera puede disminuir gastos y generación de re-procesos en selección de personal por conflictos de acoplamiento o rendimiento del personal externo contratado por falta de experiencia práctica”, aseguró Perlaza.  

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