Estos son los tres feriados de pago obligatorio en abril

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Estos son los tres feriados de pago obligatorio en abril

Este mes de abril del 2025, trae consigo tres feriados de pago obligatorio, señalan los especialistas en derecho laboral.

Se trata de los días: viernes 11 de abril (Día de Juan Santamaría), jueves 17, y viernes 18 de abril (Jueves y Viernes Santos, respectivamente). Esto conforme a lo establecido en el artículo 148 del Código de Trabajo.

“Es importante destacar que, según el Código de Trabajo, estos tres días feriados son de disfrute obligatorio para los trabajadores. No obstante, en los casos de excepción contemplados en los artículos 150 y 151, los empleadores pueden solicitar a sus colaboradores que laboren en estos días, siempre que se realice el aviso correspondiente. Además, que se cumplan las condiciones de remuneración establecidas por la ley”, indicó Marco Esteban Arias, socio de BDS Asesores.

Remuneración para los feriados

El especialista señaló que la remuneración para estos días feriados se debe dar de la siguiente manera:

  • Para trabajadores con pago semanal en actividades no comerciales. Se debe remunerar el salario correspondiente a los días trabajados y sumar un día adicional por cada feriado. En caso de que se laboren estos días, el pago debe ser doble.
  • Para trabajadores con pago mensual, quincenal o semanal en actividades comerciales. El salario ya incluye el pago de los días feriados. Si el trabajador labora durante estos días feriados, se debe adicionar un día extra de salario. Asimismo, las horas extraordinarias deben pagarse con un recargo del 100%, lo que equivale a un pago triple.

Para aquellos trabajadores que deseen extender su descanso y disfrutar de la Semana Santa completa, existe la posibilidad de solicitar vacaciones a sus empleadores, añadió Arias.

Adicionalmente, recordó que, para este año 2025, no hay ninguna disposición legal que permita trasladar estos feriados a otras fechas.

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