Últimas Noticias:
El pasado mes de agosto, Costa Rica aprobó la ley para la atracción de nómadas digitales al país. Esto con la intención de apoyar la reactivación de la economía nacional.
Sin embargo, ¿sabe cuáles son los requisitos para ser un nómada digital en Costa Rica?
Ludovica Jarquín, abogada asociada de Nassar Abogados, explicó que, “la ley establece la posibilidad de solicitar una autorización de permanencia en el país. Esto por 1 año a las personas extranjeras que trabajen remotamente para una persona física o jurídica que se encuentra en el extranjero. Pero que además sus ingresos mínimos provenientes desde el extranjero sean de US$3.000. Si esta persona viene con su grupo familiar, sus ingresos deben ser de, al menos, US$4.000”.
El beneficiario de este régimen migratorio debe permanecer en el país por un mínimo de 180 días durante el primer año. Pudiendo prorrogarse por otro año. Esto para un total de 2 años.
La especialista agregó que quienes deseen permanecer en el país como nómadas digitales, deberán cumplir con lo establecido en el artículo 10 de la ley N° 10.008. Específicamente este señala:
“Según el artículo 7 de la Ley se deben presentar todos los requisitos establecidos por la normativa en la ventanilla digital de “TRAMITE YA”. Una vez recibida la solicitud, la autoridad migratoria cuenta con un plazo de 5 días hábiles para revisar la misma. Si la solicitud se encuentra incompleta o con documentación defectuosa, se otorgará un plazo de 8 días hábiles para cumplir con lo solicitado. Completada la documentación y subsanados los defectos, dicha institución cuenta con un plazo de 15 días naturales para resolver”, detalló Jarquín.
La abogada agregó que entre los beneficios que los nómadas digitales tendrán, se encuentra la cobertura del grupo familiar. Esto entendido éste como su cónyuge o pareja de hecho, hijos menores de 25 años, hijos de cualquier edad con alguna discapacidad o adultos mayores.
Además tendrá exención total sobre el impuesto sobre las utilidades. Esto únicamente a favor del beneficiario directo, no así a su grupo familiar. Además, no serán considerados residentes habituales para efectos tributarios.
Por otra parte, los ingresos que reciben del exterior no serán considerados de fuente costarricense.
Tendrán además, exoneración del pago de todos los impuestos a la importación de equipo personal básico de cómputo. Así como informático, de telecomunicaciones o análogos. Estos deberán ser necesarios para cumplir con sus labores.
Finalmente, podrán utilizar su licencia de conducir extranjera en Costa Rica durante el plazo de la estancia, y abrir cuentas de ahorro.
Nuestras Redes Sociales: