Exportaciones de bienes de Costa Rica alcanzaron los US$1.512 millones en enero 2026
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El próximo lunes 1° de diciembre se conmemora en Costa Rica el Día de la Abolición del Ejército. Debido a ello, esta es una fecha considerada como feriado de pago no obligatorio, de acuerdo con el artículo 148 del Código de Trabajo.
Pero ¿cómo funciona este feriado? De acuerdo con Rebeca Artavia, socia de BDS Asesores, con respecto a la remuneración de este día según la modalidad de pago, se deben aplicar ciertas reglas. Estas son:
“Este feriado no se traslada, su disfrute será el propio lunes 1° de diciembre. Si la persona trabajadora no labora ese día, no corresponde un pago adicional. En caso que la persona trabajadora sea convocada a laborar el día feriado, aplican las reglas antes de pago mencionadas”, concluyó Artavia.
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