Lanzan guía para impulsar el Desarrollo Inmobiliario Sostenible en el país
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Con la llegada de los últimos meses del año, surgen múltiples oportunidades laborales gracias a las contrataciones temporales que generan las festividades de la época. Así como del “Viernes Negro” o Navidad.
Estas oportunidades responden a una necesidad puntual en el comercio y otros sectores que requieren refuerzos durante este periodo de alta demanda.
Ante esta coyuntura, los patronos y colaboradores deben tener presentes ciertos puntos importantes para estas contrataciones.
Rebeca Artavia, socia de BDS Asesores, comentó que lo primero que se debe conocer es sobre los contratos temporales. Estos se conocen como “contratos por tiempo determinado” y son los utilizados para este tipo de contrataciones.
“Este tipo de contratos, que se encuentran regulados por el Código de Trabajo en los artículos 26, 27 y 31. Tienen características particulares que todo empleador debe tener en cuenta para evitar posibles complicaciones legales. Por esta razón, recomendamos a los patronos asesorarse debidamente para evitar incurrir en incumplimientos”, afirmó Artavia.
Artavia brindó 7 consideraciones para los contratos para contrataciones temporales:
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