Sociedades Inactivas podrán presentar su declaración de renta hasta el 15 de noviembre

Sociedades Inactivas podrán presentar su declaración de renta hasta el 15 de noviembre

El Ministerio de Hacienda anunció una prórroga para que las Sociedades Inactivas en el país presenten su Declaración de Impuesto sobre la Renta de los períodos 2020 y 2021. La nueva ahora será el 15 de noviembre del 2022, inclusive. Antes de esta prórroga, estos obligados debían realizar la presentación el 16 de agosto.

Alberto Porras, socio director de Baker Tilly Costa Rica, explicó que esta prórroga se da, según informaron las autoridades, con el fin de garantizar el adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias. Así como en atención a inquietudes externadas por las personas contribuyentes acerca de la declaración de esta obligación.

Las Sociedades Inactivas son aquellas que no hayan registrado actividades lucrativas durante los periodos 2020 ó 2021. Además, su razón de existir corresponde a ser la tenedora de fincas, edificios, otros inmuebles. O bienes muebles, por ejemplo, vehículos.

“Inicialmente, las autoridades habían establecido un plazo inicial para que las Sociedades Inactivas presentarán su Declaración de Renta. No obstante, esa fecha se había traslado dando un plazo adicional para que se realizará la presentación. Posteriormente, se dio todo el tema del hackeo a los sistemas del Ministerio de Hacienda, por lo que se volvió a suspender la presentación. Se había dicho que el plazo sería el 16 de agosto de este año. Sin embargo, las autoridades tributarias vuelven a prorrogar el plazo de presentación”, explicó Porras.

Añadió que, si las Sociedades Inactivas no presentan sus declaraciones antes de la nueva fecha establecida, se expondrán a una sanción administrativa. Esta va desde los 46.220 colones hasta los 231.100 colones.

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Declaración de Sociedades Inactivas

Porras señaló que la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Sociedades Inactivas se realiza solamente de forma electrónica mediante el portal de la Administración Tributaria Virtual (ATV). Además, en caso de que un contribuyente no tenga acceso a la plataforma, puede presentarse a los quioscos de la Administración Tributaria y realizar la presentación desde allí. O bien, buscar un asesor con especialidad en impuestos.

El experto indicó que la información que las Sociedades Inactivas deben presentar en la Declaración es:

  • Activos (bienes inmuebles, bienes muebles, bancos, inversiones).
  • Pasivos (deudas bancarias, préstamos).
  • Patrimonio (capital social y aportes extraordinarios).

Añadió que quienes son los que más problemas presentan son las personas propietarias de Sociedades Inactivas que son extranjeros no residentes en Costa Rica. Esto porque están registradas con su pasaporte.

“El sistema de ATV no permite el ingreso con el número de pasaporte, entonces se debe solicitar lo que se conoce como NITE para poder realizar el ingreso y presentar las declaraciones. La emisión del número NITE por parte de las autoridades toma un tiempo considerable. Debido a esto, consideramos que quienes podrían tener más problemas, precisamente por esto, son los no residentes en el país, o los extranjeros, ya que la sociedad se constituyó con el número de pasaporte del representante legal y requerirá realizar el trámite para que la Administración Tributaria le brinde un NITE. Esta solicitud se realiza mediante la plataforma TRAVI”, concluyó Porras.

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