Presentación de Registro de Accionistas durante 2020 se traslada para setiembre

Registro

La Dirección General de Tributación y el Instituto Costarricense sobre Drogas informaron mediante un comunicado que a partir del periodo 2020, el mes para presentar las declaraciones anuales en el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF) será setiembre y no abril, como se estableció inicialmente.

Además, para facilitar el cumplimiento de dicha obligación este año, la declaración del 2019 se precargará automáticamente en el sistema, por lo que las personas jurídicas solo deberán modificar aquella información que haya cambiado.

Si no fuera necesario actualizar la información, bastará con confirmar la declaración precargada, firmarla digitalmente y enviarla. Esta misma dinámica se mantendrá para los años siguientes.

La modificación del plazo también aplica para las personas jurídicas inscritas, o a las que el Registro Nacional les asigne un número de cédula jurídica, entre el 1 de enero y el 31 de agosto del 2020, las cuales presentarán su primera declaración en setiembre de este año y no dentro de los 20 días hábiles siguientes a su inscripción o asignación del número de cédula jurídica.

Quienes tengan que hacer una declaración extraordinaria o realizar correcciones a una declaración enviada, por esta única vez, deberán hacerlo en la declaración ordinaria anual del periodo 2020, en el próximo mes de setiembre.

Estos cambios se establecen en la resolución conjunta DGT-ICD-R-06-2020, que emitieron ambas entidades, por publicarse en los próximos días en el diario oficial La Gaceta. 

“La nueva resolución se emite con el fin de brindar seguridad jurídica a los obligados con respecto al nuevo plazo anual para suministrar la información sobre sus beneficiarios finales, a la vez que les facilita el proceso de declaración, mediante la carga automática al sistema de la información brindada en el periodo previo”, expuso Priscilla Zamora, directora general de Tributación.

Zamora recordó a las 81 mil personas jurídicas que aún no han declarado el periodo 2019, que el plazo de presentación, sin recargos, vence este 31 de marzo. A quienes cumplan con esta obligación en el mes de abril se les aplicará el 50% de la sanción y a partir de mayo, la totalidad, que oscila entre ₡1.350.600 y ₡45.020.000; además, formarán parte de un listado que se enviará al Registro Nacional, para que no se les emita certificaciones de personería jurídica ni se les inscriba documentos mientras mantengan esta condición. También, los notarios deberán indicar en todo documento que emitan que la persona incumple con el RTBF.

El RTBF tiene como principal objetivo cumplir con el intercambio de información en materia fiscal con países con los que Costa Rica tiene convenios suscritos, disminuir la evasión fiscal, combatir la legitimación de capitales y el financiamiento al terrorismo. 

Adicionalmente, este registro contribuirá de manera significativa en el proceso de preparación del país para la evaluación que le realizará el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) en el 2021, con el fin de medir la efectividad e implementación del sistema anti lavado y contra el financiamiento al terrorismo. 

Una buena calificación eliminará el riesgo de que al país se le incluya en la lista gris del GAFI. Formar parte de esta lista se traduciría en efectos muy negativos para la seguridad, la inversión y la economía del país.

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