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El próximo lunes 30 de septiembre es la fecha límite para el segundo pago parcial del impuesto sobre las utilidades. Esta, señalan los especialistas, es una obligación tributaria clave para personas físicas y jurídicas que realizan actividades lucrativas en el país.
Debido a ello, los contribuyentes deben asegurarse de cumplir con este requisito para evitar sanciones y complicaciones.
Carlos Camacho, socio director de Grupo Camacho Internacional, comentó que “realizar el pago parcial es una obligación para todo contribuyente. Muchas empresas creen que se trata de un asunto opcional, pero la normativa es clara. Cada contribuyente físico o jurídico debe cumplir con este pago. Es una de las maneras en que la Administración Tributaria asegura recursos para el flujo de caja del gobierno a lo largo del año”.
El especialista comentó que los pagos parciales son un pago por adelantado del impuesto total al presentar la declaración jurada al final del período fiscal.
“El monto que usted paga en junio, septiembre y diciembre se descontará del pago final del impuesto sobre las utilidades. Aunque representa una obligación financiera, este pago alivia la carga en marzo de 2025. Esto al no tener que cancelar la totalidad”.
Camacho comentó que para calcular el pago parcial se deben seguir tres pasos. Estos son:
Los contribuyentes pueden solicitar una rectificación del monto a pagar si la base del cálculo se ve afectada por ingresos extraordinarios o previsión de pérdidas. Esto siempre antes de la fecha de vencimiento.
“No cumplir con el pago parcial no solo conlleva cargos adicionales por intereses, sino que también perjudica la reputación de la empresa. La morosidad puede complicar los procesos de contratación pública y resultar en la retención de pagos por servicios o productos ofrecidos a entidades gubernamentales”, concluyó Camacho.
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