Praderas de Carbonal: Una oportunidad única de tener casa propia
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Este 15 y 31 de enero es el plazo máximo para presentar y pagar, el monto correspondiente a dos impuestos. Uno es el Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de los Programas de Vivienda, conocido como el “Impuesto a las casas de lujo”. El segundo el Impuesto a las Personas Jurídicas.
Dunia Zamora, presidenta del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, comentó que el primero de los impuestos aplica a personas con bienes inmuebles con propiedades de uso habitacional que sean utilizadas de forma habitual, ocasional o de recreo. Además, cuyo valor de construcción y de las instalaciones fijas y permanentes superen los ¢145 millones. Esto, inclusive, si estas están dentro de sociedades inactivas.
La declaración se realiza cada tres años por medio del ATV en el formulario D-179, el trienio vigente está compuesto por los años 2022, 2023 y 2024. Además, el pago se realiza de forma anual.
En cuanto al segundo de los impuestos, el Impuesto a las Personas Jurídicas, también conocido como “Impuesto a las Sociedades”, hay tiempo de cancelarse hasta el próximo viernes 31 de enero.
Este impuesto recae sobre todas las sociedades mercantiles, sucursales de una sociedad extranjera o su representada y sobre empresas individuales de responsabilidad limitada que estén inscritas o se inscriban ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
La presidenta del Colegio de Contadores Públicos destaca que los contribuyentes deben revisar las condiciones y las tarifas establecidas por el Ministerio de Hacienda. Además, agrega que las sociedades inactivas deben pagar este impuesto.
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