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El próximo martes 15 de marzo es el último día para liquidar y pagar, sin recargo, el impuesto sobre la renta del período 2021. Así lo recordó el Ministerio de Hacienda.
Esta obligación la deben cumplir tanto las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que hayan realizado actividades lucrativas en el país. Esto entre el 01 de enero al 31 de diciembre 2021.
Hacienda señaló que la declaración debe realizarse en el formulario D-101. El cual está disponible en el sitio web www.hacienda.go.cr, ícono Administración Tributaria Virtual (ATV).
El pago del impuesto de renta se realiza por medio de Débito en Tiempo Real (DTR), y por conectividad en las páginas web de las diferentes entidades recaudadoras autorizadas. Asimismo, en las sucursales de estas entidades con solo indicar el número de cédula.
Quienes incumplan con la presentación de esta declaración y con el pago del impuesto se exponen a una sanción de ¢231.100 por la presentación tardía. Esto más los intereses por los días de atraso en el pago del impuesto. También acarrea una sanción por mora. Esta sanción corresponde al 1% por mes o fracción de mes, calculado sobre el monto dejado de pagar dentro del plazo.
Ana Patricia Valverde Jiménez, profesora de Contaduría Pública de la Universidad Fidélitas, explicó que cuando una persona no ha realizado dicho pago, Tributación Directa puede llevar a cabo la gestión de cobro en cualquier momento. Esto siempre dentro del periodo de prescripción de 4 años.
“En cuanto a la posibilidad de hacer arreglos de pago, esta existe, pero queda a discrecionalidad de la Administración Tributaria”, acotó Ana Patricia Valverde. Debido a esto, añadió la especialista, “la recomendación para los contribuyentes es organizarse para cumplir con las responsabilidades tributarias en el plazo correspondiente”.
Gilbert Mena, director de la carrera de Contaduría Pública de dicha universidad, explicó que el contribuyente debe reducir al máximo el riesgo de posibles errores. Esto por inexactitudes o en omisiones de información en la declaración del impuesto de renta.
“Si bien es cierto, no hay una fórmula para eliminar completamente la existencia de un error, una medida apropiada para detectar eventuales errores antes de su presentación es que la declaración sea sometida previamente a una revisión exhaustiva de parte de otro colaborador”, comentó Mena.
Agregó que, es muy importante que el contribuyente tenga las facturas electrónicas que respaldan las transacciones realizadas.
“Una tarea primordial es realizar una revisión concienzuda de la idoneidad del tipo de gasto. Además de que cumplan con el requisito de ser útiles y necesarios para producir ingresos gravables”, concluyó Mena.
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