Identifique si tienen créditos fiscales para compensar deudas tributarias

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Créditos fiscales

De cara al cierre fiscal y al pago de impuestos, las empresas pueden aprovechar créditos fiscales para solicitar devoluciones o compensaciones en el pago de deudas tributarias. Así lo aseguran los expertos en la materia, quienes exhortan a las empresas a detenerse y evaluar rigurosamente el tema.

Alex Barboza, asesor financiero de la firma A&B Advisory explicó que los créditos fiscales se refieren a los saldos a favor del contribuyente que se han ido generando a lo largo del año. En Costa Rica el caso más común es la compensación de saldos a favor entre Impuesto de Valor Agregado (IVA) e Impuesto sobre la Renta.

Agregó que los créditos fiscales tienen un plazo de prescripción de cuatro años posteriores a la fecha en que se presentó la declaración o pago que generó el crédito fiscal. Pueden aprovecharse mediante una solicitud de devolución, la compensación con deudas tributarias de la misma naturaleza u otro tipo de impuesto.

“Por ejemplo, es posible compensar créditos por IVA con impuestos por trámites aduaneros o de la renta. Incluso se pueden utilizar para pagar recargos o multas pendientes de pago”, afirmó Barboza.

Añadió que estas compensaciones pueden mejorar el flujo de efectivo en momentos en que la situación económica así lo requiera. Esto pues se puede solicitar el reintegro de esos recursos. 

¿Tienen créditos fiscales?

Barboza señaló que para identificar si una empresa tiene créditos fiscales, lo primero que debe hacer es tener claridad sobre los tributos a los que está sujeta la actividad económica de su negocio. 

Esto porque, dijo, hay algunos que afectan a la gran mayoría de las actividades como IVA o el  Impuesto sobre la Renta. Pero algunas empresas deberán considerar otros más específicos como el Impuesto a las Bebidas,  Impuesto a los Productos de Tabaco, entre otros.

Debe identificar, además, las circunstancias del negocio que dan lugar al crédito tributario.  Por ejemplo, en el caso del IVA un contribuyente puede tener crédito a favor como resultado de ventas que realiza a un régimen especial exento de este impuesto. Pero no sucede así en las compras a sus proveedores. 

Barboza recomendó también realizar una estimación del crédito fiscal. Esto considerando los alcances de la legislación tributaria vigente. Además, se debería solicitar a la Administración Tributaria un estado de cuenta de sus impuestos. Esto con el fin de determinar la existencia de créditos fiscales. 

“Es de suma importancia que los empresarios comprendan estos conceptos que pueden alivianar los pagos que deben realizar a fin de año. En especial en una época de dificultad económica”, concluyó Barboza.

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