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El mes de marzo trajo consigo varios cambios tributarios para los contribuyentes.
El primero es la entrada en vigencia del uso obligatorio de la nueva versión del Catálogo de Bienes y Servicios (CAByS). Esto a la hora de que los contribuyentes emitan sus facturas electrónicas por la venta de productos o servicios.
El Ministerio de Hacienda había informado que desde el pasado 27 de enero de 2023, se encontraba disponible esta nueva versión en el sitio web del Banco Central de Costa Rica (BCCR). No obstante, brindó un período de transición que rigió entre el 1 y el 28 de febrero. Ello para que los contribuyentes pudieran actualizar los Códigos CAByS que estaban utilizando.
Alberto Porras, socio director de la firma Baker Tilly Costa Rica, explicó que el CAByS es un catálogo que agrupa los bienes y servicios que se comercializan en el país en categorías jerarquizadas. En este catálogo se le asigna un código a cada uno de ellos. Además, inicia con 10 categorías generales y se va ampliando a más de 20.000 productos.
“Con el establecimiento del CAByS, un contribuyente no puede facturar si no introduce uno de estos códigos en la línea de producto o servicio que está facturando. Eso quiere decir, por ejemplo, que si yo vendo una maquinaria agrícola tengo que ir a buscar el CAByS que mejor se ajuste a esa maquinaria. Esto se estableció para que la Administración Tributaria reciba información directa de los contribuyentes, vía facturación electrónica, de los servicios y productos que más se venden en el país. Con esta información, la administración tributaria va desarrollando una base de datos para generar estadísticas sobre las principales ventas en territorio nacional”, explicó Porras.
Según Hacienda, esta actualización responde a la entrada en vigencia de la nueva Canasta Básica Tributaria. Así como a las modificaciones que se realizan a este catálogo.
“Cuando Hacienda presentó la primera versión del CAByS, emitió códigos genéricos para muchos bienes y servicios. Todas esas estructuras genéricas que se utilizaban, han tenido que irse ampliando. Por ejemplo, se dan muchos casos donde los contribuyentes venden un producto o servicio que no se encuentra en el Catálogo, entonces ese contribuyente envía una carta a la Administración Tributaria solicitando la inclusión de ese bien o servicio para poder facturar correctamente. Todos estos datos nuevos son los que vienen a ampliar la estructura del CAByS”, explicó el socio director de Baker Tilly Costa Rica.
Porras comentó que ahora los contribuyentes, en caso de que no lo hicieran en el período de transición, deben revisar el código CAByS que utilizan actualmente. Ello según los productos o servicios que vendan. Deben verificar si hay algún cambio. En caso de que lo hubiera, deben modificar el código que utilizan en su facturación electrónica.
La nueva versión de Catálogo de Bienes y Servicios (CAByS) que se debe utilizar se encuentra en la página web del BCCR, en el siguiente link: https://www.bccr.fi.cr/indicadores-economicos/cat%C3%A1logo-de-bienes-y-servicios?fbclid=IwAR3krKQXWmkzpBqe3PHg59W7Kf3aVgSNlQZSldM3B4J9pIfhqJs_6xBj2e4.
Leer más: Estos son los cambios del Régimen de Tributación Simplificada
Otro de los cambios tributarios a partir del 1 de marzo, es la entrada en vigencia de las reformas al Régimen de Tributación Simplificada.
Este es un sistema ideado para pequeños negocios o auto-empleados. Es decir, personas que realizan alguna actividad comercial de tipo artesanal.
Por ejemplo, en este Régimen de Tributación Simplificada estos pequeños negocios o emprendedores se eximen de una serie de obligaciones tributarias que sí debe cumplir el régimen general. Como su nombre lo indica, busca simplificar las obligaciones tributarias y su ingreso es voluntario.
“Entre las modificaciones que se realizaron a este régimen, se amplían la cantidad de actividades económicas que pueden inscribirse en él. Además, se permite que negocios que explotan una franquicia o nombre comercial de un tercero ahora pueden ser parte del régimen”, explicó Carlos Camacho, socio fundador de Grupo Camacho Internacional.
Por su parte, Porras, de Baker Tilly Costa Rica, añadió que otro de los cambios tributarios para este Régimen es en el monto máximo de compras anuales de los contribuyentes. Ello para mantenerse en él. Este pasó de 150 salarios base (¢69.330.000) a 186 salarios base, incluyendo el IVA.
“Esto quiere decir que las personas o contribuyentes que estaban muy cerca de montos de 69 millones en compras anuales, aproximadamente, al aumentarse este tramo, pueden superar ese monto y mantenerse en el Régimen de Tributación Simplificado sin problema”, concluyó Porras.
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