Estos son algunos cambios fiscales para anfitriones en Airbnb y Booking

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Estos son algunos cambios fiscales para anfitriones en Airbnb y Booking

A raíz de la reciente implementación del estándar internacional de intercambio automático de información de la OCDE, Costa Rica ha activado una serie de mecanismos fiscales que impactarán de forma directa a los anfitriones y arrendadores que operan en plataformas de estancia no tradicional como Airbnb, Booking, entre otras.

“Esta nueva normativa, que está en vigor desde el 1° de enero de 2025, obliga a las plataformas digitales a suministrar al Ministerio de Hacienda información detallada de cada proveedor de servicios en el país. Ello incluyendo nombre, identificación, dirección, ingresos generados. Además de número de reservas y datos bancarios”, explicó Gabriel Zamora, abogado tributario.

El especialista señaló que, en consecuencia, la Administración Tributaria ha iniciado procesos de verificación. Estos podrían conllevar importantes repercusiones para los anfitriones que no hayan cumplido con las obligaciones fiscales previas.

Los anfitriones que hayan percibido ingresos por alquileres de corto plazo sin declarar debidamente estos ingresos, se exponen al cobro retroactivo del 12,75 % sobre sus ingresos brutos no declarados. Este impuesto aplica a todas las rentas derivadas del uso temporal de inmuebles. Incluso si la operación se realizó por medio de plataformas digitales”, detalló Zamora.

Sanciones para los anfitriones por incumplimientos formales

Además del impuesto omitido, según el especialista, la Administración Tributaria podrá imponer multas severas a los anfitriones que:

  • No se encuentren debidamente inscritos como contribuyentes.
  • No hayan emitido comprobantes electrónicos (facturas).
  • No presenten las declaraciones mensuales y anuales exigidas por ley.
  • No suministren información cuando les sea requerida.
  • No mantengan registros contables adecuados.

“Las sanciones por omitir estas obligaciones pueden superar los tres salarios base y alcanzar hasta el 2% de los ingresos anuales. Esto conforme al artículo 83 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Sobre el monto de los impuestos dejados de pagar, la Administración podrá calcular intereses moratorios diarios. Esto incrementará significativamente el total adeudado conforme pase el tiempo”, añadió el abogado tributario.

Llamado a regularizarse

Ante este escenario, es fundamental que todos los anfitriones que utilizan plataformas digitales regularicen su situación fiscal cuanto antes. Esto incluye:

  • Inscripción como contribuyentes.
  • Emisión de facturas electrónicas.
  • Declaración de ingresos pasados y actuales.
  • Pago de impuestos adeudados, incluyendo el impuesto sobre rentas de capital inmobiliario.
  • Implementación de controles contables básicos.

“Las autoridades tributarias ya cuentan con los mecanismos para identificar automáticamente a los proveedores activos en estas plataformas, por lo que el riesgo de fiscalización es real y creciente”, finalizó Zamora.

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