Establecen fecha para presentar declaraciones de personas jurídicas inactivas

Establecen fecha para presentar declaraciones de personas jurídicas inactivas

El Ministerio de Hacienda anunció que las personas jurídicas inactivas en el país, deberán presentar su declaración informativa D-195, a más tardar, el próximo 31 de mayo del 2023.

Los períodos fiscales que se deberán reportar son: 2020, 2021 y 2022. Vencido el plazo señalado por la Administración Tributaria, el incumplimiento a este deber formal conlleva sanciones.

El nuevo formulario estará disponible a partir de las ocho horas del 24 de abril del 2023, según la resolución MH-DGT-RES-0007-2023.

Dunia Zamora, presidenta del Colegio de Contadores Públicos, indicó que aquellas personas jurídicas inactivas que hayan cumplido con el deber formal de presentar la declaración informativa, correspondiente a los períodos fiscales ordinarios 2020, 2021 y 2022 por medio del formulario simplificado D-101 del impuesto sobre las utilidades, no deberán presentar una nueva declaración.

“En caso de que no haya cumplido con este deber formal mediante el formulario simplificado D-101, deberán presentar una declaración informativa para cada uno de los períodos pendientes. Ello mediante el formulario D-195. La resolución establece en el artículo 4, que representantes legales deberán utilizar el nuevo formulario”, mencionó Zamora.

Añadió que esta declaración debe basarse en la información contable y en las declaraciones o explicaciones que se están requiriendo en el formulario. De ahí la importancia de acompañarse de un profesional en contaduría y revisar que se tenga la documentación que soporte esos datos e información.

De igual forma, añadió Zamora, la Administración Tributaria amplió el plazo para que las personas jurídicas presenten la declaración ordinaria del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF) 2023. Esto del 1 de mayo hasta el 30 de junio, sin incurrir en una sanción.

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