Consejos para realizar el cierre fiscal 2024

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Consejos para realizar el cierre fiscal 2024

Este 31 de diciembre, las personas físicas y jurídicas que realizan actividades lucrativas deberán realizar su cierre fiscal 2024.

Específicamente, este se realiza con datos al 31 de diciembre del 2024. Posteriormente, antes del 15 de marzo del 2025, se deberá presentar la declaración D-101. En dicha Declaración del Impuesto sobre la Renta del Régimen Tradicional se contempla los servicios prestados, bienes situados o capitales utilizados, que se hayan obtenido durante el período fiscal a reportar.

“Es durante el cierre fiscal cuando los contribuyentes y sus asesores analizan los resultados del período, tanto ingresos como gastos, para planificar los impuestos que quedan por pagar. A partir de esa revisión, podremos entender si es posible efectuar ajustes que nos permitan optimizar la declaración de los impuestos a efecto de no pagar más de lo debemos, siempre dentro de un marco legal”, explica el abogado especialista en impuestos, Raymundo Volio.

El especialista resaltó que los contribuyentes que no ejecuten este proceso quedarían expuestos a una serie de sanciones. Entre ellas, pagar una multa de medio salario base (aproximadamente 225,000 colones) solo por no presentar esta Declaración.

Además, añadió Volio, los contribuyentes que declaren sumas inexactas o contrarias al correcto pago del impuesto, estarían expuestos a una sanción material o sustantiva asociada a su falta. “Estas personas deberán pagar una multa del 50% al 150% del impuesto no contemplado, mucho dependerá de la gravedad de la evasión de la que fue objeto”, dijo el experto.

Cambios en el cierre fiscal

Volio destacó que los contribuyentes deben estar muy bien informados sobre los cambios vigentes para el período fiscal en curso. Además de entender cómo esos ajustes en la Ley y en las prácticas tributarias, puedan incidir en tener que pagar más o menos impuestos.

Entre los cambios que resaltó Volio están el del Reglamento de Comprobantes Electrónicos. Así como el de Regulación sobre compras a no domiciliados o la Ley Pymes 10392 (que amplía la reducción del Impuesto de la Renta para nuevas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas).

Tan bien, el experto aconseja tener una documentación precisa, lo que asegura que todos los registros contables están actualizados. Así como hacer una clasificación adecuada de los gastos.

“Deben registrarse adecuadamente todas las deducciones y créditos fiscales disponibles para un buen cálculo de impuestos. Además, se pueden considerar estrategias fiscales que se adapten a su situación contando con la colaboración de un asesor profesional en esta materia”, comentó Volio.

El abogado recuerda también que, si por algún motivo, la declaración que se envió va con datos erróneos, existe la posibilidad de solicitar una Declaración Rectificativa a través del procedimiento establecido por Hacienda.

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