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Una de las principales dudas que surgen entre los contribuyentes con respecto a la declaración anual de la Renta D-101, es sobre la deducción de gastos. Específicamente, sobre el tipo de gastos que se pueden deducir.
Para los especialistas, la respuesta es muy distinta para cada actividad económica. Sin embargo, si se deben seguir algunas claves para evitar errores en la deducción de gastos.
“Debemos definir que el Impuesto de Renta se cobra sobre las ganancias netas de la persona física o jurídica. Es decir, la ganancia que percibimos después de restar los ingresos del año, los gastos relacionados con la actividad económica. Estos gastos deducibles, desde la definición de la ley, son gasto útil, necesario y pertinente a la generación de rentas gravadas con este impuesto”, explicó Carlos Camacho, Socio de Grupo Camacho Internacional.
Por ejemplo, no se consideran dentro de los gastos deducibles, regalos, gastos de fiestas de una empresa. Este último, tampoco en el caso de profesionales independientes facturas de pago de colegiaturas de los hijos.
Camacho mencionó que los gastos que se consideren como causados en beneficio predominante del contribuyente, o sin una relación de orden directa, proporcional y razonable con la generación de rentas gravadas, constituyen gastos no deducibles. Esto a efectos de este impuesto.
Camacho añadió que son cuatro las claves para determinar los gastos deducibles. Estas son:
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