A partir de este lunes, Hacienda habilita sistema ATV para declaraciones de impuestos

A partir de este lunes, Hacienda habilita sistema ATV para declaraciones de impuestos

A partir de las 8:00 a.m. de este lunes 13 de junio, el sistema Administración Tributaria Virtual (ATV) estará disponible. Esto para que las personas contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones tributarias.

Así lo anunció el Ministerio de Hacienda el viernes anterior mediante conferencia de prensa.

“Con el restablecimiento de ATV marcamos el inicio de la reactivación de nuestros sistemas. Los cuales son necesarios para agilizar los servicios a la ciudadanía y la atención de sus requerimientos”, aseguró Nogui Acosta Jaén, ministro de Hacienda.

El sistema ATV se accederá desde la página web www.hacienda.go.cr, menú principal. 

De acuerdo con Acosta, desde este lunes, las personas usuarias podrán presentar sus declaraciones. Así como inscribirse, des-inscribirse o modificar datos, pagar por conectividad, elaborar comprobantes electrónicos y consultar su situación tributaria.

Para facilitar la presentación de las declaraciones de impuestos, la Administración Tributaria estableció el siguiente cronograma: 

Períodos adicionales para presentaciones en el ATV

Además, para el cumplimiento de otras obligaciones se establecen los siguientes plazos:

Declaraciones informativas.

  • Sociedades inactivas. El plazo para presentar la declaración se amplía hasta el 16 de agosto del 2022.
  • Declaración informativa de percepciones del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) en compras de servicios internacionales por medio de Internet o cualquier otra plataforma digital (D-169) y Declaración Informativa cobro del Impuesto sobre el Valor Agregado por intermediarios de servicios digitales transfronterizos inscritos ante la DGT (D-185).  El plazo de presentación se amplía al 30 de junio.
  • Para la presentación de las demás declaraciones informativas (D-150, D-155 y D-157) setendrá un plazo de 10 días hábiles. Esto a partir del restablecimiento de Declar@Web.

Pago de impuesto de las personas jurídicas.

A partir de la habilitación de ATV, las sociedades que fueron constituidas del 18 de abril del 2022 en adelante, tendrán un plazo de hasta 30 días naturales para el pago del impuesto a las personas jurídicas.

Con respecto al registro de las facturas en ATV, las personas usuarias que emplean el facturador electrónico gratuito del Ministerio deberán revocar la llave criptográfica y generar una nueva para, posteriormente, incorporar los comprobantes físicos de contingencia que elaboraron mientras el sistema estuvo fuera de servicio.

Reacciones ante el anuncio de Hacienda

Para Alberto Porras, socio director de la firma Baker Tilly Costa Rica, las medidas anunciadas vienen a mitigar la inconformidad de los contribuyentes. Esto ampliando un plazo inicial establecido por la Administración Tributaria, “el cual era irrazonable. Debido a que solo se contaría con dos días para realizar las presentaciones de las obligaciones tributarias pendiente”.

“Ante este anuncio, nuestra recomendación para los contribuyentes es llenarse de paciencia y tiempo. Lo primero que debe de hacer es programarse, establecer un día para realizar la presentación de las obligaciones tributarias. Sobre todo, no posponer su presentación a la fecha límite establecida por el Ministerio de Hacienda”, dijo Porras.

Recalcó que, si realizó el pago por medio del Recibo oficial de pago D-110, no es necesario cuando se esté presentando la declaración indicar que es una compensación. Esto ya que la administración tributaria deberá de hacer el respectivo match con la declaración y el pago, lo cual quedará respectivamente cancelada.

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