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Una resolución del Ministerio de Hacienda restringió la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) solamente a nuevos arrendamientos del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).
En la resolución RES-0336-2021, del 04 de marzo de 2021, el Ministerio de Hacienda cambia de criterio en opiniones anteriores del 2017 y 2020. En las cuales sostenía la obligación de aplicar plenamente las normas NIIF.
Las normas NIIF son instrumentos que permiten estandarizar los costos de las empresas del Estado. Su uso está alineado a las mejores prácticas internacionales y las recomendaciones de la OCDE. En Costa Rica, el proceso de adopción de estas normas inició hace 11 años.
De acuerdo con la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) este criterio de Hacienda tendría implicaciones regulatorias y tarifarias.
William Villalobos, CEO de la firma CORE Regulatorio, coincidió con la Aresep. El experto afirmó que el criterio resuelto por Hacienda genera serias dislocaciones. Las cuales devendrán en un posible aumento tarifario. Esto porque se estarían excluyendo los arrendamientos anteriores al decreto 35616.
“Llama la atención que el ICE tenga tratos diferenciados respecto de la aplicación de las normas NIIF. Podríamos consultarle al Ministerio de Hacienda si estas aplicaciones parciales también son bien recibidas en contribuyentes del sector privado. O si es una aplicación especial para el caso del ICE. Siendo así, los argumentos hasta hoy son escasos cuando la normativa internacional es clara en que se debe aplicar la totalidad de normas. Y no como en este caso una aplicación parcial y conveniente con miras a los temas tarifarios”, destacó Villalobos.
Agregó que la preocupación de Aresep es más que válida. Esto partiendo de que la obligatoriedad de aplicar las normas NIIF es manifiesta desde el punto de vista de las adopciones de la norma hechas por el Colegio de Contadores Públicos. Así como los múltiples decretos ejecutivos vertidos por el Ministerio de Hacienda destacando la importancia nacional de estandarizar un marco contable. No sólo para entes públicos sino también para contribuyentes privados. Y finalmente la Ley 9573 que expresamente establece esta obligatoriedad.
“Es urgente que las autoridades del ICE y el Ministerio de Hacienda justifiquen su criterio. Que en nuestro parecer está alejado de la técnica adecuada. Y sobre todo resulta medular que la Autoridad Reguladora mantenga su posición de aplicar las normas NIIF en su totalidad”, dijo Villalobos.
Aresep comentó que sus equipos realizan el análisis de las implicaciones regulatorias de esta resolución, a nivel jurídico como técnico. Esto para revisar la pretensión que haga el ICE en su próxima petición tarifaria.
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