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Por: Iván Vincenti – ivan.vincenti@cr.gt.com
Gerente de Legal, Grant Thornton
La Procuraduría General de la República (PGR), emitió recientemente el dictamen C-185-2019, referido a la consulta planteada por el Ministerio de Hacienda donde solicitó criterio en torno al nuevo impuesto al valor agregado(IVA), y si ésta derogaba o mantenía vigentes una lista de 78 exoneraciones del antiguo impuesto de ventas. En consideración del Ministerio, había operado una derogación tácita de esas otras exoneraciones. La respuesta de la Procuraduría destaca los siguientes aspectos de interés:
La principal consecuencia de este criterio es, en definitiva, que los sujetos que acrediten tener una ley que cumpla las anteriores características o estén comprendidos en el alcance de las exoneraciones de la Ley N° 7293, no vendrán obligados a cancelar el Impuesto sobre el Valor Agregado, pero este tema tiene que revisarse casuísticamente. Y que las exenciones que estaban en el artículo 9 de la Ley de Ventas y en el artículo 5 de su Reglamento, fueron sustituidas por la nueva lista taxativa del artículo 8 de la Ley de impuesto de valor agregado.
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