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A partir del 1 de octubre del 2024, las Asociaciones Solidaristas deben estar inscritas en el Registro de transparencia y beneficiarios finales. Esto en acatamiento a la Ley para mejorar la lucha contra el fraude fiscal, Ley No 9416.
Dicha ley pretende evitar la evasión fiscal que se da en Costa Rica. Su implementación trae consigo la obligación impuesta a las personas jurídicas o estructuras jurídicas domiciliadas en el país, a proporcionar al Banco Central de Costa Rica el registro de accionistas y beneficiarios finales.
Este registro consiste en un sistema informático desarrollado por el Banco Central de Costa Rica, (BCCR) que permite a las personas jurídicas y otras estructuras jurídicas, suministrar información para registrar a sus participantes y sus beneficiarios finales. Así como otra información relevante que permita un control eficaz en la lucha contra el fraude fiscal, la legitimación de capitales y financiamiento del terrorismo.
“Recordamos a todas las Asociaciones Solidaristas que, para poder realizar el Registro de Transparencia, las Asociaciones debe estar debidamente registrada en el Ministerio de Trabajo. Además, debe mantener actualizada la Junta Directiva y su representación legal”, señaló María Isabel Bonilla, abogada especialista del sector solidarista.
Bonilla mencionó que, “de no realizar este registro, ni los notarios públicos ni el Registro Nacional podrán emitir certificaciones de personería jurídica o inscribir documentos a favor de las asociaciones solidaristas”.
Los únicos entes que tienen acceso a la información suministrada por las asociaciones, serán el Banco Central de Costa Rica, la Dirección General de Tributación y al Instituto Costarricense sobre Drogas.
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