Se allana camino para regularizar situación de trabajadores independientes y patronos morosos ante CCSS

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Se allana camino para regularizar situación de trabajadores independientes y patronos morosos ante CCSS

Por: Joseph Ugalde, de Borrón y Cuenta Nueva.  

Miles de trabajadores independientes celebran con gran regocijo la aprobación de la reforma al artículo 6 del Reglamento de Condonación para la aplicación de la Ley 10.232. Esta está denominada como ”Ley de condonación para la formalización y recaudación de las cargas sociales”. En ella se incluye el transitorio II, al referido Reglamento.

Y es que a mediados de este año entró en vigor la Ley 10.232 por la condonación de multas, intereses y recargos con los beneficios adicionales de cero prima, cero gastos de formalizaron, no fiador y 60 meses para financiar la deuda para miles de trabajadores independientes que están morosos ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Lo anterior permitirá que los interesados tengan tiempo hasta el 14 de diciembre próximo para gestionar el arreglo de pago con la entidad. Y, aunque a este momento el monto principal no sufre variación, aliviana un poco las millonarias deudas acumuladas que les resultaban impagables. Además, los estimulará para que se acerquen a regularizar su situación con la Caja.

Esto se logró gracias a la labor multipartita liderada por integrantes de este Movimiento que representa a miles de trabajadores independientes. Así como al liderazgo que ejerció el exdiputado Pedro Muñoz para la aprobación de este proyecto de ley. Él contó con el apoyo de sus compañeros en la Asamblea Legislativa. También se recibió el apoyo por el pronunciamiento que dio la Sala Constitucional a la consulta realizada. Así como al visto bueno por parte de la Junta Directiva de la Caja para la reforma al artículo 6 de dicho Reglamento de Condonación.

Servicios médicos de trabajadores independientes

Los trabajadores independientes que a la fecha de la modificación del Art. 6 del Reglamento de Condonación mantengan un acuerdo de pago vigente, tienen la posibilidad de ajustar el monto del principal. así como el de las cuotas mensuales restantes para que no se consideren o incluyan los montos de facturas por concepto de servicios médicos.

Pero también hay que aclarar y enfatizar que no resulta viable la imputación de pagos realizados para aplicarlo al pago a deudas no prescritas, pues, de conformidad con lo establecido en el artículo 634 del Código Civil y el artículo 975 del Código de Comercio, el deudor no puede solicitar la imputación de sumas pagadas a deudas prescritas para aplicarlas a la cancelación de deudas vigentes.

Así las cosas, la propuesta de imputación de pagos planteada por la CCSS se ajusta a lo establecido en el inciso 3 del artículo 783 del Código Civil, el cual establece que la imputación de pago se realizará a la deuda vencida más antigua, según la fecha en que se contrajo.

Asesoría para interesados en solicitar condonación

Los interesados con alguna dificultad en el proceso de formalización con la CCSS o con consultas al respecto, pueden solicitar asesoría a nuestros expertos en la materia de Borrón y Cuenta Nueva comunicándose al WhatsApp 6120-5286.

Luchar por un principio de igualdad legal y que la contribución a la CCSS sea la misma que hacen las personas asalariadas, pues a los trabajadores independientes se les cobra hasta un 18.7% de cuota de seguro.

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