Ley con beneficios fiscales y exoneraciones para extranjeros que deseen residir en el país

Ley

Por: Margarita Sandí.
Asociada Nomad Immigration Services by COLBS.

La Asamblea Legislativa aprobó el 22 de junio la Ley para la Atracción de Inversionistas, Rentistas y Pensionados. Esto como parte de las medidas propuestas por el Gobierno de Costa Rica para la reactivación económica en el período de post pandemia.

En dicha ley se establecieron los beneficios fiscales y/o exoneraciones que el país va a otorgar a los extranjeros. Los cuales deseen aplicar por una Residencia en Costa Rica. Esto bajo tres categorías diferentes, por el tiempo de vigencia de la Ley.

El artículo No. 11 de dicha Ley, establece que el Poder Ejecutivo tiene 60 días para emitir el Reglamento correspondiente. Lo cual permitirá conocer su implementación exacta.

Beneficios de la Ley

En la misma, se establecieron los siguientes beneficios: 

  • Exoneración de impuestos de importación por una única vez por concepto de menaje de casa. Lo cual incluye, entre otros, muebles y artículos de decoración del hogar, electrodomésticos, utensilios de cocina y de baño, así como ropa de cama. 
  • Exoneración de impuestos de importación, arancelarios y de valor agregado de hasta dos vehículos de transporte terrestre, aéreo y/o marítimo para su uso personal o familiar. 
  • Las sumas declaradas como ingreso para hacerse acreedor de los beneficios de la presente Ley estarán exentas del impuesto de renta. 
  • Exoneración de un 20% del total del Impuesto de Traspaso. Esto en aquellos bienes inmuebles que adquieran durante la vigencia de la Ley. Y que registralmente se mantengan a nombre del residente que ha recibido los beneficios. 
  • Exoneración de impuestos de importación de instrumentos o materiales para el ejercicio profesional o científico. Deberá demostrar al Ministerio de Hacienda que son necesarios para su actividad económica.

Adicionalmente, aprobó una rebaja en el monto mínimo de inversión como requisito para solicitar la residencia bajo la categoría de Inversionista, a $150,000.00 USD. Así como la inclusión de inversionistas por medio de fondos de capital de riesgo y/o en proyectos de infraestructura turística sostenible.

Para la tramitación de las categorías incluidas en esta ley, la Dirección General de Migración y Extranjería será la Institución encargada. Por lo que deberá habilitar una ventanilla exclusiva para la atención de los beneficiarios. Enfocada en la atención a los criterios de simplificación de trámites. Y en cuanto a exoneraciones de impuestos y otros aspectos tributarios, los mismos estarán a cargo del Ministerio de Hacienda.

Los extranjeros que apliquen en los primeros cinco años para los beneficios otorgados en esta Ley, los mantendrán por un período de 10 años.

Cuidado con las penalidades

La norma sí establece que quien altere o falsifique documentos para acceder a los beneficios será sancionado. Esto con una multa equivalente al 10% de los impuestos que le fueron exonerados. Además del pago de los mismos de forma inmediata, sin perjuicio de otras sanciones administrativas o penales que correspondan. Adicionalmente, el beneficiario podrá renunciar a su condición, en cuyo caso deberá cancelar los impuestos de los que fue eximido.

Esta nueva Ley nos hace más competitivos por las atractivas condiciones y podría ser de gran impacto a través de un mayor consumo y empleo. Esto dependiendo de la cantidad de personas que ingresen por esta vía y en nivel de ingresos que agreguen a la economía. 

Pero, ante todo, los interesados deben asesorarse y buscar los servicios de profesionales en el área legal de inmigración. Esto para garantizar un proceso transparente y apegado a la ley, que no ponga en riesgo su condición y/o le genere problemas o sanciones.

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