No más deepfakes con tecnología que derrota la desinformación
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A partir del 01 de julio 2021, la Dirección General de Tributación (DGT) modificará el estado tributario de los contribuyentes. Esto siempre y cuando en los últimos tres períodos fiscales o más, no hayan presentado las declaraciones de los impuestos en los que estén inscritos. Entre ellos el de valor agregado (IVA) y Sobre la Renta.
De conformidad con la resolución DGT-R-29-2020 de Tributación, el contribuyente que está en esa condición, pasará de “inscrito” a “baja temporal”.
De acuerdo al artículo 103 inciso a) del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la DGT está facultada para verificar el correcto cumplimiento de los contribuyentes por todos los medios y procedimientos legales. Por lo que a quienes se aplique la “baja temporal” no se les validará los comprobantes electrónicos emitidos. Tampoco podrán realizar modificaciones en el Registro Único Tributario, ni presentar declaraciones.
Las personas que deseen saber el estado en que se encuentran pueden consultarlo en la página web del Ministerio de Hacienda (www.hacienda.go.cr). Esto en la sección “Servicios más utilizados”, ícono “Situación Tributaria”. Con solo anotar el número de cédula física o jurídica podrán tener la información.
Para modificar esta condición, deberán solicitarlo a la Administración Tributaria por medio de la plataforma para trámites virtuales (TRAVI). Esto ingresando su solicitud en la gestión “Solicitar estudio por estado tributario de baja temporal”.
“Hacemos un llamado a todos los contribuyentes para que constantemente revisen y actualicen su información y cumplan con sus deberes tributarios. Nuestra prioridad es lograr el mayor cumplimiento voluntario posible y evitarles inconvenientes”, externó Juan Carlos Gómez, subdirector general de Tributación.
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