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Los seguros constituyen uno de los productos financieros más importantes para los consumidores, pues les permiten reducir el riesgo que enfrentan. Las empresas aseguradoras son las “fábricas” de esos seguros, que con frecuencia son distribuidos por las entidades financieras (bancos, cooperativas, etc.) cuando colocan un préstamo o una tarjeta.
Pese a los múltiples beneficios de los seguros, la Oficina del Consumidor Financiero (OCF) también ha identificado algunas prácticas que más bien perjudican al consumidor y en algunos casos de hecho atentan contra sus derechos.
A diferencia de los préstamos que crean, la OCF insiste que las entidades financieras no son las que generan los seguros, sino que funcionan como comercializadoras o colocadoras. Estos seguros se pueden adicionar a créditos personales, hipotecarios, prendarios y en las tarjetas de crédito, pero en todo caso es necesario que el consumidor dé su consentimiento para adquirirlo, aun en el caso de pólizas colectivas que la entidad ha negociado con una aseguradora.
“Por Ley, tiene que existir el consentimiento del consumidor para incorporar un seguro a los créditos, es decir, no son obligatorios. No pueden obligar al consumidor a aceptar un seguro, ni pueden exigir que los contratos que requieran sus clientes se firmen con determinada aseguradora o cierto intermediario”, explicó Danilo Montero, director general de la Oficina del Consumidor Financiero.
La OCF llama la atención sobre las siguientes prácticas que deberían ser corregidas, en materia de seguros relacionados con productos de financiamiento:
La OCF advierte que, aunque el consumidor está en su derecho de no aceptar o eliminar un seguro, al hacerlo está asumiendo el riesgo del hecho futuro e incierto. Esto quiere decir que, en el caso de un seguro de desempleo, si a la persona la despiden y no contaba con ese seguro, tendrá que cubrir las cuotas del crédito por el tiempo que permanezca desempleado, mientras que, si hubiese tenido el seguro y cumple con los requisitos de la póliza, la aseguradora asumiría por un plazo determinado el pago de las cuotas.
Este caso refleja la madurez que la OCF desea que adquieran los consumidores financieros, para que su patrimonio se mantenga protegido en el largo plazo.
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