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La crisis sanitaria a nivel mundial está provocando que las empresas busquen mecanismos tecnológicos que les permita continuar con sus actividades comerciales, o bien, crear nuevos negocios. Es así que, la creación de plataformas como las aplicaciones (apps) es una opción importante para llevarlo a cabo.
Sin embargo, las empresas deben tomar en cuenta los aspectos legales que conlleva el ofrecer una “app” a los clientes y así evitar conflictos que puede llegar hasta sanciones como ser sacados de la plataforma donde se distribuye su aplicación.
Es por esa razón que las compañías deben contar con una política de privacidad y cumplir con la Ley n° 8968, Ley de protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales.
“Ante una aplicación relativa a datos de la salud, por ejemplo, tenemos información sensible. Por lo tanto, las políticas de privacidad deben ser más rigurosas. También se debe determinar si lo que se quiere es hacer una aplicación que, además de ser utilizada en Costa Rica, llegue a otros mercados como en Centroamérica, Estados Unidos o inclusive el mercado europeo, para que coincida con estas diferentes normativas, las cuales podrían ser inclusive más estrictas a las nuestras”, explicó Gabriela Alfaro, asociada de Nassar Abogados y especialista en Derecho de Protección de Datos.
Otro aspecto a considerar es la Propiedad Intelectual a la hora de desarrollar las “apps”, más allá de proteger la app también es necesario validar que no se está realizando una violación a los derechos de Propiedad Intelectual de terceros.
Alfaro explica que otro punto a tener en cuenta son los términos y condiciones que debe contener la aplicación, que debe estar alineada al Reglamento de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor.
“El Reglamento del Consumidor indica cuál es la información mínima que se debe de incluir cuando se realiza comercio electrónico”, menciona Alfaro.
“Cada aplicación va a ser diferente, pero todas deben cumplir con el principio de transparencia y derecho a información del consumidor así como las regulaciones de ciberseguridad que proteja la información, donde se resguarde los datos para evitar que sean robados o sustraídos”, dice Alfaro, quien explicó que además las aplicaciones deben dar la garantía implícita de calidad y requerimientos técnicos, ya sea en la venta de un producto o servicio porque no pueden pasarse por alto.
La especialista de Nassar Abogados señalan que no basta con hacer la “app”, y cumplir con la normativa local, ya que las plataformas de distribución de servicios digitales como las de Huawei, Apple y Samsung pueden exigir altos estándares y compromisos legales para que la “app” esté disponible al público.
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