Empresas en Zona Franca pueden reclamar pago indebido de impuesto sobre bienes inmuebles

Empresas en Zona Franca, EY

Con la reciente aprobación en segundo debate, al Proyecto de Ley número 21.294, “Interpretación auténtica del inciso d) del artículo 20 de la Ley 7210, Ley de Régimen de Zonas Francas, de 23 de noviembre de 1990”, las empresas que operen bajo este régimen no solo quedan exentas del pago del impuesto sobre bienes inmuebles sino que, además, podrían reclamar el pago que han hecho por años de este tributo, de manera retroactiva, siempre y cuando, no se encuentren prescritos.

El plazo de prescripción en material municipal es de cinco años.

De acuerdo con Randall Oquendo, Director Regional de Impuestos de la firma EY, por muchísimos años, las municipalidades insistieron en que las empresas en Zona Franca estaban obligadas a pagar el impuesto sobre bienes inmuebles.

“Con la aprobación de esta ley, por parte de los diputados, se define el tema, se cierra un portillo. Le da la razón a las empresas en Zonas Francas, aclarando que las mismas no están obligadas a dicho pago y poniendo fin a una discusión que generó múltiples procesos judiciales entre las municipalidades y las empresas que operan bajo este régimen”, comentó Oquendo.

Según el especialista de EY, con fundamento en jurisprudencia reiterada de la Sala Constitucional, las empresas que se hayan visto obligadas por las municipalidades a hacer el pago del impuesto sobre bienes inmuebles, podrían cobrar el pago indebido en el que han incurrido, de manera retroactiva.

Por ejemplo, una empresa en Zona Franca cuyo inmueble tenga un valor estimado ante la Municipalidad de 3.5 millones de dólares, tendría derecho a reclamar por concepto del impuesto sobre bienes inmuebles pagado indebidamente la suma de US$43.750,00; más los intereses correspondientes por un monto de US$ 17.856,00.  En este caso, la Municipalidad en cuestión deberá reintegrar al contribuyente un total de US$61.606,00.

Para iniciar este proceso las empresas interesadas deberán presentar una solicitud de devolución del impuesto sobre bienes inmuebles, de acuerdo con lo que establece el artículo 43 del Código Tributario por tratarse de un pago indebido.

La Ley de Régimen de Zona Franca, vigente desde hace 30 años, permite a las empresas acogidas bajo este régimen, gozar de algunas exenciones como el impuesto de ventas y consumo sobre las compras de bienes y servicios, la exención de todo tributo asociado con la exportación o reexportación de productos y la exención de todo tributo que pese sobre las remesas al extranjero, entre otros.

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